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Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital
Pueden ser varias cosas, tanto de INGRESOS como de PATRIMONIO.
Los INGRESOS está claro que serán los indicados en la declaración de la renta (tuya y de tu marido) con el problema de que sí en esa vivienda o dirección figuran según el censo del INE (que es lo que consulta la Seguridad Social) otras personas empadronadas, pues la Seguridad Social también contará los ingresos de esas otras personas... de hecho algunas personas han compartido experiencias de ese tipo en el foro, que les imputaban ingresos de otras personas que estuvieron empadronadas en dicha dirección a pesar de que ya no lo estaban cuando echaron la solicitud.
El PATRIMONIO es todo lo que sea propiedades, saldos bancarios, depósitos e IPF, fondos de inversión, acciones, etc. de todas las personas que "para la Seguridad Social vivan en esa dirección" (ver problema anterior)... de la misma forma, si por ejemplo tú o tu marido tenéis una cuenta bancaria en la que alguno este de cotitular con algún familiar, la Seguridad Social también te imputará la parte proporcional de dicho saldo (ejemplo: estar apuntado en la cartilla de nuestro anciano padre/madre y resultar que tiene de saldo 50.000.-€, pues resulta que aunque sean los ahorros de dicho anciano padre/madre para la Seguridad Social la mitad es tuyo por estar de co-titular de la cuenta); parece una tontería, pero es algo que ocurre.
De todas formas, quien más información te puede aportar de los motivos exactos por los que superas ingresos o patrimonio es un funcionario de la Seguridad Social en una oficina mediante cita presencial que acceda al expediente del IMV y te informe en detalle.
Los INGRESOS está claro que serán los indicados en la declaración de la renta (tuya y de tu marido) con el problema de que sí en esa vivienda o dirección figuran según el censo del INE (que es lo que consulta la Seguridad Social) otras personas empadronadas, pues la Seguridad Social también contará los ingresos de esas otras personas... de hecho algunas personas han compartido experiencias de ese tipo en el foro, que les imputaban ingresos de otras personas que estuvieron empadronadas en dicha dirección a pesar de que ya no lo estaban cuando echaron la solicitud.
El PATRIMONIO es todo lo que sea propiedades, saldos bancarios, depósitos e IPF, fondos de inversión, acciones, etc. de todas las personas que "para la Seguridad Social vivan en esa dirección" (ver problema anterior)... de la misma forma, si por ejemplo tú o tu marido tenéis una cuenta bancaria en la que alguno este de cotitular con algún familiar, la Seguridad Social también te imputará la parte proporcional de dicho saldo (ejemplo: estar apuntado en la cartilla de nuestro anciano padre/madre y resultar que tiene de saldo 50.000.-€, pues resulta que aunque sean los ahorros de dicho anciano padre/madre para la Seguridad Social la mitad es tuyo por estar de co-titular de la cuenta); parece una tontería, pero es algo que ocurre.
De todas formas, quien más información te puede aportar de los motivos exactos por los que superas ingresos o patrimonio es un funcionario de la Seguridad Social en una oficina mediante cita presencial que acceda al expediente del IMV y te informe en detalle.