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Ahora otra versión..... - Ingreso mínimo vital

18 respuestas
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#16

Re: Ahora otra versión..... - Ingreso mínimo vital

Hola, a mi no me llego ninguna carta, espero q eso no sea xq no los voy a cobrar, porque me subiero 220 e según la renta… en fin iremos mirando la cuenta, a mi no me respondieron en el buzón de consultas, yo estoy esperando estos atrasos como agua de mayo,,,,,, y lo de reclamar no lo entiendo, tenemos q cobrar todos este mes los atrasos???
#17

Re: Ahora otra versión..... - Ingreso mínimo vital

Hay alguien que lo haya visto x notificaciones electronicas ? 
Espero que caiga la breva pronto ,
Y que el foro cambie yaaaa 
Todos digan ....
Ya he cobrado los atrasos !!!! 
Animo ya queda poco .



#18

Re: Ahora otra versión..... - Ingreso mínimo vital

Hola a mí me enviaron una carta certificada el 14 de febrero pero no estaba en casa y no pude recogerla y fui a correos a recogerla y la an perdido puede ser la carta de los atrasos? También me enviaron la carta de el aumento de la infancia y a mi me la concedieron de oficio cuando salió me dieron 260€ y en diciembre me subió a 560 en enero 609 y en febrero cobre 709 con los 100€ de el complemento de los niños entonces supuestamente me pertenecen atrasos N? Gracias un saludo 
#19

Re: Ahora otra versión..... - Ingreso mínimo vital

ummm, por esas fechas, no creo que sea la de los atrasos, sino otra cosa (recuerdo que en febrero yo recibí dos pero ninguna referente a atrasos), ... no obstante, siempre puedes acceder a las notificaciones electrónicas de la seguridad social https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio/NotificacionesTelematicas e identificarte con el sistema clave o certificado digital, y consultar lo que tengas, independientemente de que recibas duplicados por carta certificada / correos.

Igual digo una burrada, pero creo (y es solo una suposición mía personal, ojo) que la comunicación de atrasos o pagos indebidos, debería realizarse el mes que viene o el siguiente a quienes corresponda, aunque igual se retrasan a julio (una vez termine la campaña de la renta) y comprueben los ingresos declarados del ejercicio 2021 para reclamaciones de deudas con la S.S. (es decir, para quienes "cobraron de más" que haberlos, haylos)