Según yo lo entiendo el complemento de ayuda a la infancia forma parte del IMV y a su perceptor se le considera como si recibiese el IMV.
Por ello quien tenga bien el IMV o el Complemento de Ayuda a la Infancia a fecha 31/12/22, no cumplía los requisitos. Creo que tampoco quien lo hubiese recibido a lo largo del año en si.
Es como yo lo interpreto. Me puedo equivocar, ya dije que no soy experto.
De todas formas como te he dicho creo que ya no tiene valor plantearse esa duda.La convocatoria está cerrada. Si lo has pedido y lo cobras, estupendo. Si no lo recibes tendrás a mano el intuir porque a sido. (Aunque siempre se puede reclamar).
Psdt.: Tengo entendido que las condiciones requeridas son con respecto a 31/12/22.Ósea que analizando la situación del solicitante a fecha 31/12/22 las cumpliese todas.
Slds + Suerte.