Eso es lo que yo tengo entendido, a no ser que sea un completo ignorante, que puede ser...
Si nosotros recibimos el IMV con cálculos de ingresos del año anterior ¿ por que tenemos que devolver nada ?
Ya lo he dicho 18 mil doscientas treinta veces.
Supongamos una persona con cero 0 euros de Ingresos en todo el año anterior, solicita el Ingreso mínimo vital y lo solicita en Enero de este año, y te lo aprueban.
Despues te sale un trabajo y cobras el IMV + el sueldo
¿ por que vas a tener que devolver nada a final de año ?
Tu no has incumplido nada, has cobrado el IMV en relación a los ingresos del año anterior, no del actual, que luego puede ser que en la nueva actualización a final de año te lo retiren por ingresos en este mismo año, pues si, pero no creo que tengas que devolver nada.
Así lo veo yo, tu en teoría tendrías que devolver si estas cobrando este año el IMV y el año anterior te hubieses pasado del limite de ingresos permitidos, no el año actual.