Hola buenas tardes , hoy entre para ver el estado del IMV y me dio aprobado con carácter retroactivo desde 1/08/24. Tengo alguna duda y agradeceria sí alguien me puede ayudar. Cobraré algo a final de este mes así sea la cuantía mensual? Los retrasos cuando se cobrarían? Entiendo que al haber subido a 658€ la cuantía que me indican de 604€ corresponde a los meses del 2024? Por último, si te pagan estos atrasos de golpe y tienes deuda con la seguridad social, esto es embargable? Muchas gracias de antemano. Saludos cordiales
Cobrarás a finales de abril, te deberían pagar los atrasos en el primer ingreso. Si 604 de 2024 y 658 de 2025 en el caso de que te hayan aprobado la cuantía maxima
Muchas gracias Sonia. Y sabes que día aproximadamente de abril pagarían? Ando justita y para pagar atrasos esto ha sido una liberación. Tengo banco Santander
Vamos a imaginar que un beneficiario tenga el IMV con efectos económicos desde Agosto 24 pero sin su expediente aprobado hasta Mayo 2025, llegado ese momento entra en el cierre de nóminas y le pagan a final de mes solo el importe mensual. Digo yo que no tiene que hacer el IRPF 2024 porque no ha cobrado nada de ese año. La gracia sería cobrar el retroactivo a finales de Junio, ahí no tienes más remedio que ir como una moto para poder entregar la declaración.
Supongo que el INSS tendrá estos ejemplos presentes y puede que en Mayo y Junio no pague retroactivos que rebasen el año natural. Me limito a pensar sobre la marcha.
Hacer el IRPF es conveniente para evitar te imputen ingresos exentos... por ejemplo, una persona que cobre RAI por VG que no haya realizado IRPF, la Seguridad Social determinará que esa RAI por VG (exenta de tributar conforme a las normas de Hacienda) son ingresos a descontar del IMV concedido cuando en realidad no lo eran, por ejemplo.
Acá tienes un caso www.rankia.com/foros/economia/temas/6758590-rai-por-vg-ingreso-minimo-vital?page=1 en el que la RAI por VG Hacienda (y la Seguridad Social) te la computa como ingresos... haciendo la declaración de la renta y corrigiendo ese tema por parte del interesado en su IRPF dejan de ser ingresos a descontar del IMV para la Seguridad Social.
Tengo que agradecerte que te hayas tomado la molestia de contestar dos veces, sé perfectamente a qué te referías de todas maneras. Ahora mi interés es saber qué día paga el banco porque no leo ninguna fecha clara en varias web. Ya entro por aquí estos días a informarme que seguro avisa alguien de los que cobra habitualmente esta prestación.
¿El día de pago del IMV?... bueno, la Seguridad Social hace el abono a mes vencido a primeros de, pero la mayoría de bancos "adelantan" dicho abono en la cuenta unos días, de forma que el 23-24-25-etc. ya puede aparecernos ingresado... dicho eso, ¿cuál es tu banco?, porque como ves cada banco tiene fechas diferentes.
Hombre, no he ahondado en mi respuesta porque no parece el hilo correcto pero ya que me lo preguntas, Sabadell. Googleando nadie aclara nada, menos una web que dice el 27. Sin embargo en este foro leo el 25 continuamente. Tengo algún acreedor, por eso me interesa saberlo.