No entiendo bien lo que planteas, pero me huelo que por error al hacer la declaración metiste en la renta los ingresos del IMV que recibiste en su totalidad en el 2022 (incluyendo el pago de atrasos del 2021 que cobraste en 2022, cuando en realidad solo había que computar el exceso que superase en 1'5 veces el IPREM) y por eso rectificaste luego la declaración ¿no?
Evidentemente, la Seguridad Social se ha basado en tu declaración de la renta presentada inicialmente, ya que la declaración RECTIFICATIVA que hiciste es algo entre Hacienda y tú, y hasta que Hacienda no la de por buena, no puedes reclamar nada a la Seguridad Social... puedes indicarles (a la Seguridad Social) que hubo un error en el IRPF en el que se basaron que has rectificado y remitirles como prueba la nueva declaración, pero hasta que Hacienda no la procese ni le dé el visto bueno la Seguridad Social no podrá consultarla y considerarla para rehacer sus cálculos.
Yo de ti ponía una reclamación adjuntando la nueva declaración RECTIFICATIVA que hiciste, pero ya te digo que hasta que Hacienda no le dé el visto bueno y la Seguridad Social lo mismo, la cosa seguirá en el limbo o seguirá su curso normal.