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IMV: Pareja de hecho con extranjero - Ingreso minimo vital.
Buenas noches, comento mi caso.
Tengo el imv concedido, pero actualmente estoy pendiente del registro como pareja de hecho con mi pareja, ya que es extranjero y para poder optar a la residencia legal hemos decidido registrarnos como pareja de hecho.
La cuestión es ahora esta empadronado en mi vivienda conmigo y vamos a registrarnos como pareja de hecho, ¿pierdo el IMV por esto? ¿tengo que notificar el empadronamiento en la vivienda o tengo que notificarlo una vez estemos registrados como pareja de hecho?
Es que en requisitos pone esto: "Es obligatorio que todas las personas que forman la unidad de convivencia cumplan con todos los requisitos que exige la prestación. En el caso anterior, hasta que la pareja no cumpla un año de residencia legal y efectiva en el país no se puede solicitar el IMV. Otros requisitos que también se tienen que cumplir son: que la unidad de convivencia esté formada al menos desde hace 6 meses,: "
Y por eso me surge la duda, si hasta que no este 1 año viviendo aquí legalmente no puedo notificarlo porque no sirve para el IMV, o hasta que lleve 6 meses conviviendo conmigo pero siendo legal también o solo 6 meses??
Ya he leído tantas cosas que no se que es lo que tengo que hacer o no, o cuando tengo que avisar de la variación??
Si alguien sabe algo sobre este tema o puede comentarme algo que me sirva de ayuda, por favor. Muchas gracias.
Tengo el imv concedido, pero actualmente estoy pendiente del registro como pareja de hecho con mi pareja, ya que es extranjero y para poder optar a la residencia legal hemos decidido registrarnos como pareja de hecho.
La cuestión es ahora esta empadronado en mi vivienda conmigo y vamos a registrarnos como pareja de hecho, ¿pierdo el IMV por esto? ¿tengo que notificar el empadronamiento en la vivienda o tengo que notificarlo una vez estemos registrados como pareja de hecho?
Es que en requisitos pone esto: "Es obligatorio que todas las personas que forman la unidad de convivencia cumplan con todos los requisitos que exige la prestación. En el caso anterior, hasta que la pareja no cumpla un año de residencia legal y efectiva en el país no se puede solicitar el IMV. Otros requisitos que también se tienen que cumplir son: que la unidad de convivencia esté formada al menos desde hace 6 meses,: "
Y por eso me surge la duda, si hasta que no este 1 año viviendo aquí legalmente no puedo notificarlo porque no sirve para el IMV, o hasta que lleve 6 meses conviviendo conmigo pero siendo legal también o solo 6 meses??
Ya he leído tantas cosas que no se que es lo que tengo que hacer o no, o cuando tengo que avisar de la variación??
Si alguien sabe algo sobre este tema o puede comentarme algo que me sirva de ayuda, por favor. Muchas gracias.