Si no trabajaste en 2023 (mira que tu IRPF 2023 no tenga cifras en la casilla 0018) te verás beneficiada del sistema de cálculos de incentivos al empleo del IMV en la revisión de octubre 2025 en la que te mirarán los ingresos de este 2024, así que de momento no me preocuparía en exceso (al menos para la siguiente revisión de octubre 2025 como te he indicado, aunque el palo podría venirte en la revisión de octubre 2026 al mirarte con los ingresos del 2025).
Eso sí, si no quieres tener que devolver nada del IMV nunca, pues cobra solo el IMV y nada más porque es muy complicado dilucidar como te puede afectar los ingresos por trabajo o compaginarlo con otros subsidios y ayudas a futuro, ya que del IMV se descuentan muchos ingresos obtenidos por otras vías... evidentemente imagino que si tu intención es prosperar y no depender de un subsidio tan cabrón como este (que parece más un préstamo que otra cosa), si ves posibilidades de mantenerte en tu trabajo indefinidamente, pues igual te interesa plantearte cancelar el IMV, solicitando abandonarlo ante la Seguridad Social.
En el foro hay varios hilos que hablan de la renuncia al IMV, échales un ojo si lo ves necesario.