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Duda para alquilar y conseguir subención

15 respuestas
Duda para alquilar y conseguir subención
Duda para alquilar y conseguir subención
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#1

Duda para alquilar y conseguir subención

Hola a todos, mi duda es que para conseguir una subencion tengo que alquilar el negocio a mi socio, el cual tiene en 43% de las acciones, el tiene que demostrar que tiene la mayoria para que se la den y yo no quiero darle mis acciones, se piede hacer esto?? Alguien podria decirme como?? Muchas gracias de antemano. 

#2

Re: Duda para alquilar y conseguir subención

Por mucho que le alquiles lo que sea, él seguirá teniendo el 43% de las acciones.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Duda para alquilar y conseguir subención

Bueno ya, quizas no me he expresado bien, pero el regentara un negocio completamente

#4

Re: Duda para alquilar y conseguir subención

Hay fórmulas para disgregar los derechos económicos de los políticos de las acciones o participaciones sociales. Pero claro, si se hace eso de ceder al socio derechos políticos para que tenga una mayoría social, la tendrá. Y podrá tomar las decisiones que considere oportunas gracias a su mayoría de derechos políticos.

Quizás se podría hacer una venta de derechos políticos de las acciones con pacto de retracto.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Duda para alquilar y conseguir subención

Pues eso es una buena idea, mi socio tendra que estar 3 años con el alquiler, tambien se me ocurre poner un alquiler alto, por si no renucia al alquilen en esa fecha poder yo reclamar

#6

Re: Duda para alquilar y conseguir subención

Dudo que un "alquiler" fuese un contrato bastante para eso de la subvención, ya que en un alquiler transmites el derecho a usar la cosa, pero no el dominio de la cosa. O sea, sería un contrato adecuado para transmitir de manera temporal unos derechos económicos, pero no unos derechos políticos.

Piensa por analogía lo que sería respecto de una vivienda en una comunidad de propietarios. Mediante un contrato de alquiler, cederías el derecho a usar dicha vivienda a un inquilino, pero no renunciarías a tus derechos como propietario, sea respecto del IBI, sea respecto de la propia comunidad de propietarios, etc.

Aquí parece ser que lo que pide esa subvención es que el dueño de la cosa (el dueño político al menos), sea el socio.

Me parece que salvo que hagais algo fraudulento (y os pueden pillar), la situación es algo irresoluble, pues parece ser que existen desconfianzas entre vosotros, y tú no estás dispuesto a efectuar una transmisió "verdadera" de un porcentaje de la sociedad.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#7

Re: Duda para alquilar y conseguir subención

Mas que desconfianza es proteger lo que tanto me a costado crear, ya se sabe que no se puede fiar uno ni de su sobra, me dice la persona que me tramita la subencion que un alquiler es valido, ya no sabe si solo de la nave, lo cual es ilegal que yo alquile unas instalaciones que no son mias, o de la explotacion, me toca informarme bien

#8

Re: Duda para alquilar y conseguir subención

Quizás podrías explicitar un poquito mejor la cosa.

Primero decías que hay una sociedad que es la titular de un determinado "negocio", y que ese negocio, en la persona del socio minoritario, tendría derecho a una subvención. Supongo que debe ser por alguna razón de edad, empadronamiento, condición personal, etc, que él cumple y tú no cumples.

Luego dices que el que os lleva lo de la subvención dice que con "alquilar la nave" ya serviría (una mera instalación inmobiliaria, pero no el negocio en sí).

Y parece ser que la nave esa es propiedad de la sociedad, pero ya no me queda claro quien es el titular del negocio, y quien es la persona concreta que pide y tiene derecho a la subvención.

Por alquilar, se pueden alquilar "negocios", además de inmuebles. Alquilar acciones de una sociedad mercantil ya lo veo demasiado heterodoxo y poco funcional.

Pero claro, hay un poco de lío entre los diferentes sujetos, quien es el titular del derecho de subvención, del negocio, de la infraestructura inmobiliaria de ese negocio, .....

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#9

Re: Duda para alquilar y conseguir subención

Perdon por la mala explicacion, es una sl compuesta por mi socio que tiene menos del 50% de las acciones, por eso no puede obtener la subencion y yo no puedo por que estoy contratado de forma agena, el negocio esta en dicha nave, la cual esta cedida por el ayuntamiento, entoces yo no puedo alquilar la nave, solo me queda la opcion de laquilar la empresa o acciones como dices

#10

Re: Duda para alquilar y conseguir subención

Me falto decir que yo tengo la mayoria de las acciones y soy el administrador, pero a parte trabajo de forma agena tambien

#11

Re: Duda para alquilar y conseguir subención

Te agradezco el esfuerzo de las explicaciones, pero aun me he quedado más confuso.

Te explico. Por lo que yo se (y se algunas cosas, e ignoro muchas otras), sí:

.- Se trata de una entidad mercantil (con ánimo de lucro, por tanto, aunque quizás no obtenga un beneficio)

.- Tienes más del 50 % de las participaciones

.- Eres el administrador

Entonces estarías obligado a:

a.- Estar de alta en autónomos (RETA societario)

b.- "Trasladar" el resultado económico de la mercantil hacia ti mismo, a efectos fiscales, mediante su declaración como actividades económicas en tu IRPF, girando contra tu mercantil las correspondientes facturas con IVA

Eso, salvo que la mercantil de momento solo sea una sociedad meramente patrimonial. Pero si ejerce o desarrolla una actividad económica, entonces dadas las circunstancias explicadas, entrarían en juego las obligaciones comentadas.

Así que aun me pierdo más, pues lo que yo te podría comentar parece ser que no tiene nada que ver ni con lo que haceis, ni con lo que os dice el que os asesora y lleva lo de la subvención.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#12

Re: Duda para alquilar y conseguir subención

Bueno, ahora me he perdido un poco yo, es una esplotacion de hongos, lo cual es una sociedad mercantil, verdad?? Tu punto a y b son los correctos entonces

#13

Re: Duda para alquilar y conseguir subención

Pueden ser hongos, melones, conejos o neveras. Da lo mismo el objeto de negocio. Es respecto a la forma de organizarlo.

Si lo que se hace es una sociedad mercantil (Hongos del campo, S.L., por ejemplo), entonces hay unas cosas que suceden, y no otras.

Tenemos claro ya que el negocio en sí va a ser la producción alimenticia, en concreto de hongos comestibles, pero no de los "salvajes", sino de los criados "in vitro". Sabemos tambiénque ese negocio se asentará en unas instalaciones inmuebles, propiedad municipal, cedida a tal fin.

¿A quien se ha cedido esa nave? ¿A las dos personas, a una de ellas, a una persona jurídica?

Parece ser que la persona jurídica que ha recibido la cesión de la propiedad municipal va a desarrollar también la actividad empresarial.

Pero a partir de aquí, aparecen incongruencias.

Uno de los socios de esa persona jurídica solicita una subvención, parece ser que a título individual. Eso implica que esa persona, a título individual declara que es él el que va a ejercer la actividad, y no la persona jurídica.

Otro de los socios, el mayoritario, y además, administrador, declara que él ya trabaja por cuenta ajena, y que la actividad del negocio y sus correspondientes obligaciones legales y formales, no va mucho con él.

El socio mayoritario, además, declara que no tiene problema en ceder, por algún negocio jurídico, el uso aparente y efectivo de las instalaciones y ejercicio efectivo de la actividad (el "negocio en si mismo") al otro socio, para que cobre su subvención, siempre y cuando eso no implique ceder de verdad ningún porcentaje de la propiedad de la sociedad que ha obtenido la cesión de la nave del ayuntamiento.

No se, me pierdo un poco.

Lo que yo podría decir:

Si es una sociedad la que recibe la cesión de la nave, supongo que será para ejercer (la sociedad), una actividad en ella. Como tal, el titular de la explotación no es ninguno de los socios personas físicas, o como mínimo, ninguno de los minoritarios, sino solo la sociedad, y en el caso, el socio mayoritario.

Es la sociedad, o el socio mayoritario, los que les correspondería la subvención por el ejercicio de la actividad.

El socio mayoritario, que es a su vez administrador, con independencia que ya tenga un trabajo por cuenta ajena, está obligado a darse de alta en autónomos, aunque solo sea administrador y "capitalista", sin prestar trabajo concreto al negocio.

Como tiene más del 50 % de la sociedad, hacienda entiende que ese socio persona física SÍ dispone "en su sede personal" de medios de producción, y que por tanto, efectúa una ordenación de medios de producción de una actividad económica. Por lo tanto, la parte proporcional a su participación en la sociedad, debe "trasladarla" de la sociedad a su propia declaración del IRPF, como ejercicio de actividades económicas. Además, debe repercutir el IVA por esas cantidades contra la sociedad.

El socio minoritario, que al parecer prestará servicios de trabajo en la empresa, al tener una participación significativa está obligado a darse de alta en la SS en autónomos, PERO a pesar de eso, no desarrolla como tal una actividad económica, sino que mantiene una relación meramente laboral con "su" empresa (no tan suya, al ser socio minoritario y ser otro el administrador). Cobra por nóminas, no debe darse de alta en hacienda, ni es titular de ninguna explotación de ningun negocio.

Pero claro, todo esto es la teoría.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#14

Re: Duda para alquilar y conseguir subención

Vaya lio, pero mas o menos es asi, la nave mas que cedida se a "dejado" a los dos socios sin ningun papel que lo confirme, lo drmas es correcto, excepto que el socio minoritaria esta cobrando autonomos porque cobrara segun los veneficios que tenga la empresa

#15

Re: Duda para alquilar y conseguir subención

Faltaba este detalle.

El ayuntamiento "cede en precario" el uso de la nave A DOS PERSONAS. Estas personas, una vez disponen de dicha nave, deciden iniciar una actividad económica y constituir una sociedad mercantil al respecto. Pero aunque el ejercicio de la actividad económica (el "negocio") lo va a realizar la sociedad, en verdad es solo uno de los socios el que ejercerá de verdadero socio industrial, mientras el socio mayoritario lo será meramente a título de socio capitalista, aunque se reserva la potestad de ser el administrador de la sociedad.

O sea, para eso de la subvención tenemos que de inicio es imposible acreditar legalmente que se dispone de esa nave, pues la cesión de uso es a mero precario, y de forma simplemente "tolerada" a dos personas individuales.

Sobre el resto de instalaciones y demás, sí sería posible que la Sociedad "alquilase el negocio" a un tercero, en este caso el socio minoritario, socio industrial. Sería posible, y plenamente legal. Así, el socio minoritario dispondría de la plenitud de uso legal y propio de esas instalaciones para ejercer el negocio y cobrar la subvención. Y el socio mayoritario, capitalista, seguiría manteniendo su porcentaje de la propiedad del asunto, y siendo el administrador social.

A su vez, eso configuraría la sociedad mercantil como una mera sociedad patrimonial (la propietaria de un patrimonio susceptible de ponerse en explotación, sea por cuenta propia, sea cediendo o arrendando a un tercero), con lo que el socio mayoritario/administrador no tendría que darse de alta en el RETA.

También nos llevaría a que el socio minoritario/industrial debería darse de alta en actividades económicas por cuenta propia, y presentar sus propios papeleos fiscales en hacienda.

Queda en el aire lo de pasar la plenitud del uso de la nave a esa persona, y ahí, por analogía o similitud, yo sacaría a la sociedad de en medio, ya que en verdad, la sociedad nada tiene que ver con el inmueble en sí mismo. De facto, ambas dos personas constituís una comunidad de bienes, al disponer en común, como individuos, del derecho de uso en precario de esa nave.

Quizás se podría hacer un acuerdo de re-cesión de tus derechos individuales a favor en exclusiva del otro socio.

Port lo tanto, persona A cede a persona B la parte de derechos comunes que pueda tener sobre ese uso a mero precario de ese inmueble.

Paralela y simultaneamente, persona A, como administrador de Sociedad C, arrienda a persona B el "negocio", consistente en el derecho de uso y explotación de las intalaciones, marcas, inventario, etc etc.

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