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Multa modelo 347

16 respuestas
Multa modelo 347
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#9

Re: Multa modelo 347

Bueno, Cachi, pero es lo mismo. Los datos a aportar en ambas declaraciones informativas, en este caso, son los mismos. No se va a aportar en el 347 nada que no se haya aportado en el 190.

Lo de la interpretación que se sacaron del 180 es distinto y, aunque no estoy de acuerdo, no puedo negar que, en cierto modo, tienen razón, porque en el 180 no se indica referencia catastral, que sí se indica con el 347. Pero vamos, sería tan fácil como añadir una casillita en el 180...

Pero en el 190 no hay nada distinto. Yo creo que ha de ser alguna otra imputación...

#10

Re: Multa modelo 347

Resulta que sí hay diferencias, ya que en el 347 se informa del trimestre, y en el 190 no.

Además el 347 es un modelo derivado del IVA, y se informa en base a fecha factura (devengo). El 190 es un modelo derivado del IRPF, y puede ser informado en base a fecha de pago (caja).

Al final, si la AEAT quiere, tiene la sarten por el mango.

Es cierto que la operación compras/ventas respecto de un determinado cliente/proveedor ya se informó en el 190. Y eso debería bastar y sobrar.

El recurso habría que fundamentarlo en la no obligatoriedad a aportar datos ya informados mediante otros modelos (en el presente caso, el modelo 190 del cliente), y la inexistencia de extemporaneidad, al haber efectuado la presentación del modelo 347 solo y en base al requerimiento de información de la propia AEAT, colaboración de información que resulta obligada.
Que existe en todo caso un error de forma, informar del contenido esencial de un requerimiento no mediante la aportación concreta del dato pertinente, sino mediante la presentación de un modelo, fuera del plazo establecido para su presentación voluntaria (cuando fuera obligado por norma la presentación de dicho modelo).
Pero que en el presente caso no ha quedado acreditado en ningún momento que fuese obligado presentar el citado modelo, y que el hecho de su presentación simplemente obedeció a la forma en que la propia administración encauzó la petición de datos mediante el requerimiento, a la que se está obligado a responder y se realizó de manera satisfactoria.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#11

Re: Multa modelo 347

Muchas gracias por vuestras aportaciones. La verdad es que no esperaba tantas respuestas y he quedado gratamente sorprendida. Voy a presentar el recurso teniendo en cuenta vuestras aportaciones y ya os contaré en qué acaba la cosa. Posiblemente, como ya os he dicho acabaré pagando, pero bueno, por lo menos así nos entretenemos todos ;)

Gracias de nuevo

#12

Re: Multa modelo 347

Hola a todos!

Nada más quería informaros de que han sobreseído esta multa. Muchas gracias a todos por vuestra ayuda!!!

#13

Re: Multa modelo 347

Hola Sandra,
Podrías colgar el recurso presentado!, a mi ya me paso el año pasado y pague sin rechistar, y lo que jode es que sea una multa de 20€ y te metan doblado el mínimo legal de 300€...
Este año me ha vuelto a pasar. Fui a hacienda pero no me quisieron decir que era!!, me dijeron que yo debería de saber y que esta en mi contabilidad, que la examine. En efecto tengo cobros de mas de 3005€ de la Federación, pero me dijeron en la asesoría que los pagos de entidades publicas no hacia falta notificarlos en el 347. Sin embargo en hacienda me dijo que si.
Tambien compré un coche, que es mi único coche, pero creo que marque alguna casilla que era para mi actividad, a fin de deducirme el 50%, aunque creo que era en trafico, pero no estoy seguro.
También compre una segunda vivienda que en la renta como ademas de pagar el IBI te cobrar por tenerla vacia puse que era para mi actividad, y no se si será esto tambien?
La verdad es que estoy hecho un lio, no se si poner solo lo de la federacion, las 3 cosas o que hacer... Cachilipox o Brujita... si andan por ahi please help!

ahh, y se me olvidaba, me ingresaron la subvención de ayuda al inicio de actividad como autónomo... también hay diversidad de opiniones sobre esto.... al final me he descargado el programa de la AEAT y he metido lo de la federación y la subvención...

Aunque no se si seria conveniente presentar el recurso en ves de presentar el 347, ya que lo de la federación va con retención de IRPF e incluso aparecia en mi borrador de la renta y la subvención pues mas de lo mismo.

#14

Re: Multa modelo 347

Hola Sandra,
Podrías colgar el recurso presentado!, a mi ya me paso el año pasado y pague sin rechistar, y lo que jode es que sea una multa de 20€ y te metan doblado el mínimo legal de 300€...
Este año me ha vuelto a pasar. Fui a hacienda pero no me quisieron decir que era!!, me dijeron que yo debería de saber y que esta en mi contabilidad, que la examine. En efecto tengo cobros de mas de 3005€ de la Federación, pero me dijeron en la asesoría que los pagos de entidades publicas no hacia falta notificarlos en el 347. Sin embargo en hacienda me dijo que si.
Tambien compré un coche, que es mi único coche, pero creo que marque alguna casilla que era para mi actividad, a fin de deducirme el 50%, aunque creo que era en trafico, pero no estoy seguro.
También compre una segunda vivienda que en la renta como ademas de pagar el IBI te cobrar por tenerla vacia puse que era para mi actividad, y no se si será esto tambien?
La verdad es que estoy hecho un lio, no se si poner solo lo de la federacion, las 3 cosas o que hacer... Cachilipox o Brujita... si andan por ahi please help!

#15

Re: Multa modelo 347

Hola Ccrespo80, pues tengo que decirte que no dispongo del recurso que presenté. El autónomo era mi pareja entonces y ya no lo es ahora, le he preguntado y dice que no hizo copia y que no encuentra ningún documento donde lo escribiera. Solamente me ha enviado la carta de sobreseimiento, no sé si eso te servirá,...
Lo siento mucho :(

sobreseimiento

sobreseimiento

#16

Re: Multa modelo 347

Muchas gracias, al final presente un recurso en vez del modelo... creo que era mejor que aceptar el error y luego recurrirlo.... ayer me acosté a las 5 de la mañana con esta porquería... que por cierto aparece todo en mi borrador ya que son operaciones con la administración...

21 de Noviembre de 2013

Estimados Señores,

No se considera obligado a presentar declaración del modelo informativo 347, ya que basado en el art. 33.2.i del RD 1065/2007.

“En general, todas aquellas operaciones respecto de las que exista una obligación periódica de suministro de información a la Administración tributaria estatal mediante declaraciones específicas diferentes a la regulada en esta subsunción y cuyo contenido sea coincidente.”

Las operaciones que aparecen en mi borrador de la renta 2012 que superan los 3.005€ son operaciones con retención de IRPF y que son declaradas en el modelo 190 de forma periódica como suministro de información tributaria estatal por parte del cliente, siendo los contenidos coincidentes, con lo que queda excluida del deber de declaración.

Espero que con este escrito quede debidamente justificada la alegación al requerimiento Referencia: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

Atentamente,
XXXXXXXXXXXXX

Saludos.