Las horas extras que no son por urgencias o necesidad imperiosa son libremente pactadas.
Nunca se pueden pagar a menos que las ordinarias (o sea salario base + pagas + pluses si los hubiese). De ahí para arriba, lo que se estime y acuerde.
Como es una especie de complemento de sueldo y dedicación, creo que lo razonable es partir de un precio hora similar al salario ordinario, los 5,02 que comentas. A 10 €/hs no lo veo, eso es la retribución normal de alguien que viene por horas sueltas, y no es el caso.
Legalmente solo se pueden hacer hasta 80 horas extras voluntarias en el año, libremente distribuidas, y respetando los mínimos de descando diario entre jornadas, y descanso semanal.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!