Re: Hacienda modifica el valor de unas propiedades DESPUÉS de que se haya repartido la herencia: ¿qué hacer?
Conclusión rápida, sólo te dice una vía y es el recurso económico administrativo, no descubre América precisamente el señor.
Lo primero que habría que desmentir es un poco lo de que pongas el valor que pongas siempre te van a valorar por más. Es totalmente falso, si declaras siguiendo las normas de valoración publicadas por la Comunidad y dentro de los límites de valor y tipo de inmueble, NO TE REVISAN EL VALOR. Otra cosa es que declares por debajo de ese valor, si te valoran y te sale cantidad adicional suficiente para compensar el coste, te hacen la complementaria, si no, ni siquiera. Y además, lo viene haciendo desde antes de la crisis, sólo que antes la gente no se quejaba tanto ya que las valoraciones eran mas ajustadas al mercado, es ahora cuando hay mayor brecha.
Otra cosa que no explica es qué hay que decir para que te estimen el recurso, la gente va a pensar que sólo por presentarlo ya le van a dar la razón, y no, hay que fundamentarlo bien en defectos de forma de la valoración, no en la valoración misma, o te lo tirarán para atrás, supongo que lo que pretende es que contraten a asesorias para que se los preparen.
Sin embargo, declina utilizar el medio de tasación pericial contradictoria cuando es de hecho, el sistema previsto para atacar las valoraciones y que debería utilizarse y dejar de atascar los tribunales, que deberían centrarse en otros temas. Quizás sea porque no sea perito y prefiere que le paguen a él como abogado, sin advertir que una tasación pericial no tiene por qué ser más cara que la minuta de un abogado. Y que muchas veces, con iniciar el procedimiento obligan a la Administración a valorar por perito y no por coeficientes, con muchas posibilidades de que la valoración del mismo sea inferior a la inicial y por tanto conseguir una bajada del impuesto sin terminar el procedimiento.
Un saludo