Re: La regla de los dos meses, minusvalias
Yo creo que lo que manda es la cuenta de valores, pero es algo que deberían aclararte mejor en la Agencia Tributaria cuando hagas la declaración.
Yo creo que lo que manda es la cuenta de valores, pero es algo que deberían aclararte mejor en la Agencia Tributaria cuando hagas la declaración.
Muchas gracias.
Las acciones del dax estan sujetas a la regla de los dos meses o de un año.
Gracias.
Boliche, te agradezco un montón tu respuesta.No sabes la alegria que me das, de momento me ahorraré (si consigo mi objetivo de transmisión de los valores que comenté) todo el impuesto de la operación que serían algo más de 5.000 €. De todas maneras, alguien me comentó (al parecer bastante informado),que desde el pasado ejercicio,esas compensaciones estaban sujetas a un porcentaje del 15 ó 20% del saldo positivo. He pensado consultar en una agencia tributaria, pero tengo muy mala experiencia (o suerte),con otras consultas,que recibí respuestas si no antagónicas muy diferentes ante la misma cuestión. Un cordial saludo.
Pues ese alguien que comentas informado está, pero es como el oye campanas y no sabe dónde.
Las plusvalías por ventas de acciones o inmuebles tienen el mismo concepto fiscal: son variaciones patrimoniales que, como tributan en ambos casos en la base del ahorro del IRPF, pueden compensar íntegramente entre sí sus resultados positivos y negativos. La otra parte de la base del ahorro está compuesta por los rendimientos del capital mobiliario procedentes de participación en fondos propios de entidades (por ejemplo, dividendos), cesión a terceros de capitales propios (por ejemplo, un depósito a plazo fijo) y otros conceptos que no vienen al caso.
La compensación que está limitada a un determinado porcentaje es la de los rendimientos del capital mobiliario con las ganancias y pérdidas patrimoniales, es decir, es aplicable si quieres compensar tus minusvalías por venta de inmueble con los posibles dividendos o rendimientos de depósitos a plazo que puedas tener. Eso sí que está limitado a un máximo del 20 % del importe de los rendimientos del capital mobiliario en este 2017. A partir de 2018 será del 25 % indefinidamente mientras no se cambien las reglas otra vez. Por cierto, que de los 15.000 € que te queden pendientes, una parte puedes compensarla este mismo ejercicio de esta manera: con dividendos o intereses de depósitos, con el límite del 20 % de su importe.
Todo esto puede documentarse fácilmente en la legislación del IRPF (Ley 35/2006, artículo 49 y disposición adicional duodécima) y en el Manual de la Renta, ambos documentos fácilmente accesibles en internet.
De todas formas, consulta en la AEAT, pero estoy seguro de que te dirán lo mismo que yo porque es lo que dice la legislación. No pueden decir otra cosa.
Un saludo.
Es de suponer que sí, pero no lo puedo asegurar con certeza. Para ello, hay que ver en qué mercados cotizan las acciones de ese índice (no sé si todas las empresas cotizan en el mismo mercado bursátil alemán o procederán de varios) y comprobar si esos mercados son oficiales (en cuyo caso el plazo temporal de recompras son dos meses) o no (en cuyo caso será de un año).
La lista de mercados oficiales puede consultarse en esta dirección web:
https://registers.esma.europa.eu/publication/searchRegister?core=esma_registers_mifid_rma
En el panel lateral, hay que seleccionar DE en el campo "Country code" y pulsar en "Filter list", y sale la lista de los 17 mercados financieros alemanes que tienen la consideración de oficiales.
Saludos.
Por cierto el 10- 3-17 vendí 3686 acc con plusvaliás invalidadas por la compra en 8-2-17.
No, la compra del 8-2-17 es recompra de las acciones vendidas el 10-1-17, como te decía en el anterior mensaje. Y una compra sólo puede ser recompra de unas acciones, no de varias.
En cuanto a lo demás, todo correcto. La venta de las 2000 acciones, como será la última y con ella dejas tu saldo a cero, sólo tienes que preocuparte de no volver a comprar en los dos meses posteriores para poderla considerar efectiva y liberar así las pérdidas que te queden pendientes. Pasados esos dos meses, habrás liberado todo y es como si volvieses a empezar de cero.
Saludos.
Boliche, un 10 elevado a 6 de gracias.Agradecida por tu información. La verdad que he buscado y encontrado en "integracion y compensación de rentas en la base imponible del Ahorro" del IRPF y sólo hay que "leerlo" para encontrar la respuesta adecuada.Un saludo
Si claro igual me expresé mal,
Quice decir que la compra realizada en 8- 2-17 queda invalidada ( no compensa) porque hay operaciones dos meses antes y despues: 10-1 y 10-3 venta
Interpreto que si hay ó no recompra, el hecho de haber realizado alguna operación 2 meses anteriores o posteriores para compensar minusvalías, invalida la compensación , perdona no entiendo de tecnicismos.
Como mi perfil es básico lo que haré es compensar hasta 2021 las minusvalías de 2000€ que tengo, dejo para dos meses y al partir de cero hago operaciones dejando dos meses antes y dos meses despues sin operar, . Dos meses después de 10-3 (fecha última operación=venta), dado el caso vendo
SALUDOS