Re: Justificación deducción de vivienda habitual
Pero la sancion que sea del 50% o del 30% no tiene nada que ver si alegas o no, correcto?
Pero la sancion que sea del 50% o del 30% no tiene nada que ver si alegas o no, correcto?
Hola.
La reducción en la sanción depende de que no recurras la sanción. Las alegaciones a la propuesta de liquidación provisional no tiene nada que ver con el procedimiento sancionador, al menos eso me dijeron (o lo entendí yo así) en Hacienda.
recurrir a la Sancion es meterse ya el en TEAR, o instancias superiores,no?
No necesariamente: recurso de reposición se hace ante la AEAT, y por elevación TEAR y Contencioso-Administrativo.
bueno, el funcionario que me ha todado va rapidito, en 3 semanas ya me ha contestado, por lo que cuando mande la alegacion no creo que le lleve algo mas de 1 mes. Por lo que para Junio ya me ha dejado listo...
Me recomendais algo que pueda justificar mas?
Otra cosa, el lio tb lo tengo cuando haga la declaracion este año, en este caso que hago, lo meto.. no lo meto... en el caso del año pasado mi consumo anual fue bastante superior, alrededor de 550KwH (superor a los 153KwH por lo q hacienda no me cree...) alguna opinion?
Yo lo metería, más aún con el aumento de consumo...
Con esos valores, no lo dudes. Vivienda unipersonal sin vida hogareña tradicional es una cifra muy a tu favor y sería muy subjetivo decir que no vives ahí. Por otra parte tampoco se obliga a vivir todo el año en casa. Suerte.
he llamado a Iberdrola, y me dice que para ellos oficialmente he consumido en todo 2013 unos 418 KwH, segun las facturas que tengo de los meses de 2013 a mi me sale 496 kwh ( a falta de cuantificar cuanto habria consumido del 1 enero al 20) ya que las facturas me van del dia 20 al 20
que hago? continuaria siendo suficiente lo oficial de Iberdrola (considerandolo como el menos favorable para mi)?