Buenas tardes,
Estoy haciendo la delcaración de la renta de mi padre y tengo un problemilla con esto:
- En el año 2012 falleció mi abuela con lo cual mi padre heredó el 37'5% de la propiedad de unos terrenos rústicos, con lo cual he añadido a la casilla 269 el porcentaje correspondiente a mi padre del valor catastral de cada uno. Esto se hizo con fecha de diciembre de 2012.
- En marzo de 2013 se produce la venta de dichos terrenos por un valor algo inferior al valor catastral, dato que reflejo en la casilla 270.
Hasta aquí todo OK.
El problema viene porque el nuevo propietario intenta registrar los terrenos a su nombre y no puede puesto que mi padre y resto de herederos no los habían registrado. Entonces mi padre y resto de herederos los registran para que así posteriormente el nuevo propietario los pueda registrar a su nombre. La fecha en que esto se produce es en septiembre de 2013.
Si no me equivoco, estos gastos de registro de la propiedad junto con otros de notaría para hacerse herederos de los terrenos considero que son gastos asociados a la adquisisción. El problema viene que en el programa PADRE, al intentar añadirlos a los gastos de adquisición no les puedo poner la fecha en la que se han producido y que figura en las facturas puesto que es posterior a diciembre de 2012.
¿Debo poner la misma fecha que la adquisisción?
Un Saludo