Los gastos de adquisición y gestión hipoteca, se suman al valor escriturado y esta suma se toma como valor de adquisición.
Los gastos generados en la venta y el Impuesto de Plusvalía Municipal a cargo del vendedor, minoran el valor de venta y este resultado es el tomado como valor de venta.
El ejercicio en que se vende la vivienda se ha de declarar en las casilla 307 y siguientes, en la confección de la casilla 312 es donde se indica la reinversión realizada en la nueva vivienda, para que la plusvalía generada con la venta , quede exenta en la medida que se reinvierte la totalidad, o parte, de lo obtenido por la venta. En la Pagina 11(II) queda reflejado los importes reinvertidos.
Se ha de reinvertir en la nueva vivienda el NETO obtenido en la venta, se debe tener en cuenta la parte de hipoteca que se amortiza totalmente al venderse esta vivienda (Casilla 312).
Este NETO obtenido debe ser reinvertido en la adquisición de la nueva vivienda, en tu caso (vivienda comprada antes de la venta de la antigua) , si tienes una hipoteca de la nueva vivienda, el NETO de la venta se debe destinar a amortizar parte de esta hipoteca, para sea considerada reinversión, Si no destinas todo el NETO de la venta, debes indicar que cantidad (Casilla 312) y el PADRE calcula la plusvalía que queda exenta y la que tributa.
Si esta nueva vivienda esta adquirida antes del 01-01-2013, puedes aplicarte las deducciones por las cuotas de la hipoteca que quede sin cancelar por la reinversión.
Desde el momento que hayas cambiado de domicilio , en la vivienda antigua no se ha podido aplicar deducción ya que lo habrás realizado por la nueva vivienda. Siempre que esta nueva se haya adquirido antes del 01-01-2013.
Saludos