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¿Donar propiedad o incluirme como titular?

11 respuestas
¿Donar propiedad o incluirme como titular?
¿Donar propiedad o incluirme como titular?
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#1

¿Donar propiedad o incluirme como titular?

Hola, tengo pensado construir en un solar de la familia pero antes debo tenerlo a mi nombre, la duda es si mis padres me lo donan o me añaden como cotitular de la popiedad, que proceso es mas facil o mas economico. Ya estuve buscando en internet pero no sale nada de añadirme como titular... Gracias

#2

Re: ¿Donar propiedad o incluirme como titular?

Añadirte como titular consiste es que te donen una parte.
Lo más sencillo es que te lo den, por completo. Y, seguramente, lo más económico ya que sólo tendrás que pagar escritura, registro y plusvalía una vez.
También habría que tener en cuenta como están los impuestos de sucesiones y donaciones en tu comunidad autonoma.
Además contar con que en las donaciones "inter vivos" el donante tiene que declarar en la declaración de la Renta la ganancia de patrimonio que se ponga de manifiesto mientras que en las herencias la "ganancia del muerto" está exenta.

#3

Re: ¿Donar propiedad o incluirme como titular?

Muchas gracias, al final haremos la donacion completa, lo que nos asusta es la declaracion de la renta, porque hicimos una simulacion con el programa padre de este año y salia 2000€ a pagar, no se si lo hicimos mal...porque hay unas casillas que confunden:
Voy a la 307 y alli seleciono la opcion "inmuebles y derechos reales" dentro de "elementos no afectos a actividades economicas" pero no se si es la otra opcion la de "no afectos". Lo 2º que no entinedo es el valor de transmision, ¿es el valor del inmueble a la hora de donarlo o el valor por el que lo traspase, es decir, 0? Gracias

#4

Re: ¿Donar propiedad o incluirme como titular?

El valor de transmisión es el valor real del bien. Que será el que teneis que poner en el impuesto de donaciones y en la escritura. Como mínimo tiene que ser el que Hacienda acepta como valor real: el catastral multiplicado por un coeficiente que asignan a cada municipio. Estos coeficientes los encontraras en la Web de la comunidad autónoma.

Por la renta se paga por la ganancia patrimonial como si se tratara de una venta: el 21% por los primeros 6000 € de diferencia entre los valores de adquisición y transmision o donación, el 25% por lo siguiente y a partir de no se que cantidad el 27%. Estos porcentajes van a bajar 1 ó 2 puntos a partir de enero y al año siguiente bajaran un poco más. Por contra si el terreno es de tus padres desde antes del 1994, creo, actualmente hay unas reducciones bastante cuantiosas que el año que viene desaparecen. Para, si es el caso, ver la cuantía de estas reducciones cambia la fecha de adquisición por una del 2007 en adelante.

Por donaciones se paga según una escala de porcentajes por el total del valor de transmisión. Pero algunas comunidades tienen reducciones y bonificaciones para las donaciones entre padres e hijos con lo que puede que no tengas que pagar nada, pero hay que presentarlo.
Además, supongo, que también tendreís que pagar al ayuntamiento el impuesto de "plusvalía" que es el 2-3% por cada año de permanencia, hasta un máximo de 20 años, del valor catastral del suelo. En algunos sitios también hay bonificaciones para transmisiones de padres a hijos. Esto lo encontrarás en la página de tu ayuntamiento.

#5

Re: ¿Donar propiedad o incluirme como titular?

Muchas gracias por la respuesta, solo me queda una duda, el donatario tiene que declarar en la renta del siguiente año algo o solo el donante?

#6

Re: ¿Donar propiedad o incluirme como titular?

Lo único que tendrías que declarar sería como "inmueble a disposición del declarante", si no es tu vivienda habitual, pero siendo un terreno no estoy seguro si hay que declarado pues, todavía, no es un inmueble. En caso de tener que declararlo sólo incrementarías tu base imponible un 1,1% del valor catastral.

#7

Re: ¿Donar propiedad o incluirme como titular?

ok muchas gracias!! a ver que palo me dan con el resto

#8

Re: ¿Donar propiedad o incluirme como titular?

Los solares y los inmuebles en construcción no imputan renta en el IRPF, así que no hay que meterlos en la declaración hasta que no esté terminado.

Un saludo