Re: ¿Obligación de liquidar carta de pago?
Gracias Leopol. Aclarado lo del mes para la presentación del recurso.
Me puedes aclarar un punto,
Me aconsejas que recurra alegando caducidad del procedimiento y la prescripción de la herencia pero hay un pequeño detalle.
Presentamos una complementaria de Sucesiones al año siguiente (2011) para tributar el IRPF2010 de mi padre(por eso lo del recargo que nos aplican)alegando ellos que lo presentamos fuera de plazo.
Por otra parte ellos no han contestado a nuestras alegaciones en 9 meses, hay caducidad del procedimiento. En teoría el impuesto prescribió este pasado agosto (cuatro años y medio desde la fecha de fallecimiento) ¿en realidad está prescrito teniendo una complementaria del 2011? Creo que me prescribe en agosto de 2015.
Si ésto es así, ya no podría pedir la caducidad del procedimiento y la prescripción.
Aclárame ésto por favor.
Perdona Leopol si soy algo pesada pero me cuesta entender todo este tema de las prescripciones, recursos y historias.
Cuando ayer recibí la carta no me lo podía creer. Consultando con otra gente me decían que si no habían contestado en todo este tiempo lo más seguro es que habían aceptado nuestras alegaciones.