Prescripción de un Incremento Patrimonial
Mi consulta es la siguiente:
En el año 2008 se precede a la venta de finca rustica mediante documento privado y la entrega de Cheque Bancario ingresado en cuenta. La finca habia sido heredada por fallecimiento materno en el año 1992 (16 años antes). posteriormente por dificultades en el "papeleo" se procedera a la venta ante notario en el presente año, en dicha venta se hara constar la fecha del documento privado y la forma de pago, es decir la entrega e ingreso de cheque bancario.
La consulta es la siguiente, puedo suponer que en estos 7 años Hacienda podría haber pedido aclaración al ingreso del cheque bancario ya que aunque yo lo desconocia me indican que tendría que haber liquidado el incremento patrimonial en aquel momento. Pero no lo hice. ¿Esta Prescrito dicho incremento patrimonial o debo declararlo ahora al formalizar la compra-venta ante notario?, aún cuando se puede demostrar que la venta y liquidación se efectuo hace 7 años. Gracias