Vamos a ver, parece ser que al fallecimiento de tu padre, heredaste la nuda propiedad de la mitad de unas acciones, y tu madre, el usufructo de esa misma mitad, y aparte, ella tenía el pleno dominio de la otra mitad.
Pues bien, en ese momento se valora el usufructo, si tu madre tenía mas de 79 años, que parece el caso, en un 10% del valor de la mitad de las acciones en ese momento, por lo que el 90% restante de esa mitad, es el valor de tu nuda propiedad.
Ahora, al vender, hay que calcular los incrementos de patrimonio, el tuyo y el de tu madre.
Tu madre tenía en total un 50%+5%(el 10% de la otra mitad), total 55%. Y tu el 45% restante. Cada uno aplica al valor de venta su porcentaje para determinar su valor de transmisión, y al valor de adquisición para ver el de adquisición, teniendo en cuenta que tu madre tiene que hacerlo en dos trozos, uno para la parte adquirida en origen (cuando el matrimonio adquirió las acciones), y otra cuando hereda el otro 5%.
En un ejemplo se ve más fácil:
-Supongamos que las acciones valían 100 cuando se compraron inicialmente
-que valían 150 cuando falleció el padre. En este momento el usufructo de la madre se valora en el 10% de la herencia, que es la mitad, 150/2=75*0,1= 7,5. el resto es el valor de la nuda, 75-7,5= 67,5.
-que se venden ahora en el 2015 en 200.
Incrementos:
-madre 1 (50% gananciales): valor venta=200/2=100
valor compra= 100/2=50.
Incremento 1 madre =100-50=50
-madre 2 (5% heredado): valor venta=200*0.05=10
valor compra= 100*0.05=5.
Incremento 2 madre =10-5=5
-hijo (45%): valor venta= 200*0.45=90
valor adquisición= 150*0.45=67,5.
Incremento =90-67,5=22,5