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Piso en alquiler, amortización para la renta

1 respuesta
Piso en alquiler, amortización para la renta
Piso en alquiler, amortización para la renta
#1

Piso en alquiler, amortización para la renta

Buenas tardes,
He comprado un piso para alquilar, y me gustaría aclarar un par de dudas sobre el momento en que tenga que hacer la declaración de la renta 2016.

El piso lo hemos comprado por un valor de 46.000€, y hemos financiado 22.500€ de esta cantidad.
En primer lugar, los gastos de compraventa serán (segun la provisión):

HONORARIOS NOTARIO 493.39
IVA NOTARIO 103.61
IMPUESTO COMPRAVENTA 4600
NOTA REGISTRO 20
TRAMITACIÓN REGISTRO 180
OTROS 80
TOTAL 5980€

Mis dudas són:

1- En cuanto a la amortización por el valor de compraventa. Se ha de tener en cuenta solo los 46.000€ (en su porcentaje de suelo y vuelo) o a estos 46.000 se le ha de sumar el gasto de lo expuesto arriba?

2- En el recibo del IBI, el suelo representa el 59.36% del valor, y el vuelo el 40.63%. Con estos datos, cual es la cifra que puedo utilizar en concepto de amortización?

3- El alquiler nos lo gestionará la immobiliaria, cobrando un 3.5% más IVA sobre la mensualidad del alquiler. Entiendo que este servicio también podré ponerlo como pérdida al final del año en el cómputo global del alquiler?

4- Los 22.500€ se han financiado con una disposición adicional de la hipoteca de otra vivienda. Puedo colocar como negativo en el cómputo del piso alquilado los intereses pagados?

Muchas gracias a todos!

Un saludo

#2

Re: Piso en alquiler, amortización para la renta

1 y 2.Puedes sumar todos esos gastos (si corresponden íntegramente a esa vivienda, claro) como mayor importe de la compra y amortizar sobre el 40,63% de los mismos, el 3% anual. Es decir, total compra=46.000+5.980=51.980.
Parte de la construcción: 40,63%=21.119. 3% de eso=633 cada año como gasto de amortización.
3. Todos los gastos necesarios para alquilar, se descuentan de los percibido, también esas comisiones de inmobiliarias.
4. Los intereses pagados por su (exclusiva) financiación, son también deducibles, no importa que la hipoteca recaiga sobre otra vivienda distinta.

Un saludo