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Duda: Como rellenar inmuebles a disposición de titular y alquiler de un cónyuge fallecido en Renta web

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Duda: Como rellenar inmuebles a disposición de titular y alquiler de un cónyuge fallecido en Renta web
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Duda: Como rellenar inmuebles a disposición de titular y alquiler de un cónyuge fallecido en Renta web
#1

Duda: Como rellenar inmuebles a disposición de titular y alquiler de un cónyuge fallecido en Renta web

Buenos días

 

Mi madre falleció el año pasado y estoy rellenando la declaración de mi madre y de mi padre viudo. Tengo la duda de cómo debo rellenar renta web para reflejar los inmuebles que tenían a su disposición y las rentas procedentes del alquiler de un inmueble que tenían.

En Renta Web en la declaración de mi madre me aparece ya la fecha de fallecimiento,pero no se exactamente que cantidades y porcentajes poner en cada casilla. Hasta el año pasado todo era al 50% pero ahora no se exactamente como reflejarlo en las casillas

 

En los inmuebles a disposición de los titulares

 

 ¿Cómo debo reflejar en las casillas de renta web que mi madre era titular del inmueble al 50% hasta la fecha de fallecimiento?

¿Cómo debo reflejar que mi padre es titular del inmueble al 50% hasta la fecha de fallecimiento de mi madre y al 100% desde la fecha de fallecimiento?

¿quizás al aparecer ya la fecha de fallecimiento de mi madre en el programa renta web ya calcula los porcentajes y simplemente pongo el 50% a cada cónyuge?

 

En los ingresos por el alquiler de un inmueble

 

¿Cómo debo reflejar en Renta web que el inmueble tenía la propiedad de cada cónyuge al 50% hasta el momento del fallecimiento y posteriormente era al 100% de mi padre?

En los días a disposición de sus titulares ¿para mi madre debo poner los días hasta su fallecimiento y en la de mi padre los 365 días?

Los ingresos y los gastos anuales ¿los divido al 50% o los divido al 50% hasta el momento de fallecimiento y le asigno al 100% a mi padre desde el momento de fallecimiento?

¿Quizás el programa renta web al considerar ya la fecha de fallecimiento ya calcula los porcentajes y debo poner 365 días para ambos cónyuges?

cula los porcentajes y debo poner 365 días para ambos cónyuges?

 

Como siempre, muchas gracias por vuestra inestimable ayuda

#2

Re: Duda: Como rellenar inmuebles a disposición de titular y alquiler de un cónyuge fallecido en Renta web

A grandes rasgos:

La declaración del fallecido, termina el día del fallecimiento, por lo que todos los rendimientos y datos se calculan y ponen en proporción a los días trascurridos desde el 1 de enero.

Para la del viudo, hay que dar de alta los inmuebles en el sistema dos veces, una para el periodo en que estuvieron al 50% poniendo el nº de días transcurridos desde el 1 de enero, y otra para el otro periodo con el porcentaje de propiedad que corresponda. Igualmente en caso de alquiler hay que hacer los calculos por separado de forma proporcional.

Si no lo ves demasiado claro, pide cita y que os la hagan.

Un saludo

#3

Re: Duda: Como rellenar inmuebles a disposición de titular y alquiler de un cónyuge fallecido en Renta web

Muchas gracias @Leopold72

Con esa explicación está claro

Dando de alta dos veces los inmuebles se puede especificar claramente lo que corresponde a cada uno

Como siempre mil gracias por la aclaración

 

#4

Re: Duda: Como rellenar inmuebles a disposición de titular y alquiler de un cónyuge fallecido en Renta web

Entiendo que cónyuge viudo será todo el ejercicio al 50,00% (porcentaje de su propiedad) el otro 50,00% desde el día del fallecimiento del otro cónyuge se lo tendrán que imputar sus herederos legales en proporción a su porcentaje de titularidad.

Un saludo

 

#5

Re: Duda: Como rellenar inmuebles a disposición de titular y alquiler de un cónyuge fallecido en Renta web

Pero si se queda el usufructo, es él el que se lo debe imputar, no los nudo propietarios. En ese caso:

- bien 1. 50% de propiedad todo el año.

-bien 2. 50% de usufructo desde el fallecimiento

Un saludo

#6

Re: Duda: Como rellenar inmuebles a disposición de titular y alquiler de un cónyuge fallecido en Renta web

Correcto

Un saludo