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Impuesto sucesiones.Alzheimer

16 respuestas
Impuesto sucesiones.Alzheimer
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#1

Impuesto sucesiones.Alzheimer

Buenas tardes,en primer lugar quiero agradecer la existencia de este foro  y la colaboración desestimada de todas las personas que ayudan a resolver las dudas que nos surgen con temas que desconocemos, aunque ya he aprendido que el desconocimiento no m exime de la ley.

Os expongo mi pregunta.

Mi madre, enferma de alzheimer, hereda de mi tía,su hermana.

La notaría no nos facilita su testamento hasta que no le llevemos el libro de familia de mis abuelos,imposible encontrar,por lo tanto hasta q nos entregó el testamento pasaron meses.Los bienes de mi tía no aparecían en registro y esto demoró aún más realizar la herencia. Cuando nos disponemos a pagar el impuesto de sucesiones nos comentan que tenemos una penalización por entregarlo tan tarde y q el impuesto lo deberíamos de haber abonado antes, me parece incongruente puesto q no teníamos el testamento ya q la Señora notaría no nos lo entregaba y desconocíamos quienes serían los beneficiarios de dicho testamento.

Al final le corresponde a mi madre, enferma de alzheimer.Y nos dicen en registro q si ha heredado 150.000€(nada en metalíco, sólo casa y dos huertas) tendremos q  abonar casi el 40% d lo heredado.Soy d Castilla la Mancha.

Pregunto: hay alguna manera de que a mi madre no le roben su herencia?Pq es una ***** q en cada comunidad se pague una cosa.

Muchas gracias y un saludo para todos los que nos vais a ayudar

 

 

 

#2

Re: Impuesto sucesiones.Alzheimer

No sé quién os ha hecho los cálculos, pero no creo que haya que tributar más de un 19%, recargo aparte. Puede que haya alguna bonificación por el Alzheimer.

Sería conveniente saber qué sucedió para que finalmente la notaría os diese el testamento. Podría haber base para alegar fuerza mayor.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Impuesto sucesiones.Alzheimer

Muchas gracias por contestar.

#4

Re: Impuesto sucesiones.Alzheimer

En esta página de la Comunidad Autónoma tienes las tablas de la tarifa, reducciones y bonificaciones: https://www.jccm.es/sites/www.jccm.es/files/modelos/SJP5_23777.PDF

Para un grupo III (hermanos), excluidos los recargos por presentación fuera de plazo, sale aproximadamente 21.14% 

En el caso de que debido a la enfermedad, tu made tenga reconocida legalmente una discapacidad igual o superior al 33% existen reducciones muy importantes

#5

Re: Impuesto sucesiones.Alzheimer

Ya te han contestado casi todo. Se debió solicitar una prórroga antes del transcurso del quinto mes desde el fallecimiento, por alguien que fuera previsiblemente heredero (los parientes mas próximos). Si en la notaría no os avisaron, muy mal por su parte.

Para una herencia de valor 150.000, mas ajuar, sale una cuota entre hermanos de 32.730, un 22,34%, nada del 40%. Por cierto que no cuela lo de las diferencias entre CCAA ya que en caso de colaterales, se paga practicamente lo mismo en todas, y para mas INRI,  CLM es una de las CA en que mas bonificado está este impuesto, pero entre parientes mas próximos, como en todas.

También como te dicen, si tu madre tiene reconocida una minusvalía, tendrá una reducción adicional, se le quedaría en 19.371 si tuviera mínimo un 33%, y en cero si fuera mas del 65%. Una enfermedad por si sola no genera reducción, hay que tener reconocida la minusvalía, aunque sea a fecha posterior, si se le reconocen  efectos desde antes del fallecimiento, se le podría aplicar.

Recargos extemporáneos aparte claro.

 

Un saludo

#7

Re: Impuesto sucesiones.Alzheimer

Buenas noches:

Supongo que tu madre tendrá nombrado un tutor. El tutor lo nombra el juez.

Si tiene nombrado un tutor por enfermedad de Alzheimer es que es minusválida total.

Entonces le correspondería una reducción de 225.000,00.

Independiente de tener tutor, si tiene Alzheimer avanzado es minusválida total.

Saludos

#8

Re: Impuesto sucesiones.Alzheimer

Me gustaría que no hablaras con tanta contundencia acerca de cosas que no sabes con seguridad, ya te lo he dicho alguna que otra vez. Eso que dices simplemente NO ES CIERTO, para poder aplicarse la deducción de minusvalía (y muchos otros beneficios, tanto fiscales como sociales), hay que tener RECONOCIDA por la autoridad competente la condición de minusvalía, la cual no se otorga automaticamente solo por tener una enfermedad, por muy incapacitante que sea a simple vista. Si no se sigue el procedimiento, podrá ser un invalido total y no poder mover un dedo, no te digo que no, pero NO PUEDE APLICARSE LA DEDUCCIÓN DE MINUSVALÍA, ni en sucesiones ni en ningún otro impuesto mientras no la tenga reconocida.

Otra cosa es que en ciertos casos se asimile el cobro de una pensión tipo incapacidad permanente absoluta (creo recordar) con un grado de discapacidad del 33%, aunque no lo tenga reconocido y se pueda aplicar en los impuestos en que así se reconozca la deducción pertinente del 33%.

Tampoco es quivalente ni equiparable el hecho de estar sujeto a tutela por si solo.

Yo, para confundir a la gente, prefiero no intervenir.

Un saludo

#9

Re: Impuesto sucesiones.Alzheimer

Buenas tardes:

He tenido un entrañable hermano con enfermedad Alzheimer del que era tutor. Las declaraciones de la renta las presentaba con minusvalía.

Fue declarado retirado de la vida activa por la Seguridad Social, pues la enfermedad se le detectó en activo a los 52-53 años y a los 54-55 años estaba jubilado.

No tenía sentencia judicial que le declaraba incapaz. Los médicos pidieron autorización al juez para hacerle una operación por otra causa. El juez les despachó con cajas destempladas, ya que la ley autoriza a que un familiar próximo pueda autorizar esa operación. No fue operado, porque luego los médicos dijeron que era mejor no intervenirle.

Después se hizo ante el juzgado de familia la declaración de incapacidad. Pero no recuerdo que fuera remitido un informe médico, aunque es posible que lo tuviera el juez. El juez nos citó observó que por Alzheimer estaba totalmente desorientado. Mi madre que era mayor, y con más de ochenta años, declinó ser la tutora. Así pues que, el juez me nombró su tutor.

Todos los años tuve que presentar cuentas al juez de familia. Hacía operaciones financieras que por la sentencia las tenía prohibidas, pero es que mi hermano siempre me tuvo en sus cuentas y recursos financieros al 50 %.

Todas esas operaciones las conocía el juez, pues yo se indicaba para que no fuese él el que las descubriera. Nunca me llamó la atención.

En esas operaciones había cesiones transitorias a otro hermano para que consiguiera rappels en su empresa por cumplir objetivos de compra de ciertos bienes. La empresa no era solo de dicho hermano, por lo que pagaba, por supuesto, el interés correspondiente. El juez no dijo nada en ningún momento.

Heredamos y pagamos el ISD de hermano a hermanos. Nunca me he quejado por pagar impuestos, cuando verdaderamente los tengo que pagar.

Una vez fallecido las cuentas fueron aprobadas sin ningún problema.

Saludos. 

#10

Re: Impuesto sucesiones.Alzheimer

No entiendo nada desde el principio. Si no hubo sentencia de incapacidad, quién y cómo le declaró incapaz.

 

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#11

Re: Impuesto sucesiones.Alzheimer

Buenas noches:

El juez de familia le declaró incapaz de valerse por sí mismo. 

Por lo cual ofreció la tutoría  a nuestra madre. Mi madre que tenía más de 80 años y declinó retormarla.

Entonces, el juez de familia a proposición de mi madre y hermanos me designó su tutor.

La Seguridad Social le declaró incapaz para el trabajo, por lo que le jubiló por la incapacidad que produce el Alzheimer.

Pero yo alucinaba con que no le retirasen el carnet de conducir.

Le decía al medico de cabecera que porqué no le retiraba el carnet de conducir. El me respondía que mientras pudiera que lo hiciera. 

De hecho estuvo conduciendo un poco de  tiempo, hasta que decidí que no lo hiciera, para que no provocase un accidente. Me hice cargo de su coche. Obviamente, mi hermano estava de acuerdo, pues todavía tenía lucidez. Después la perdió toda.

Saludos.

 


 

 

#12

Re: Impuesto sucesiones.Alzheimer

Muy triste todo, pero el hecho de presentar un impuesto marcando una minusvalía no significa que esté bien, que nunca le hayan dicho nada al respecto, tampoco. Por cierto que no creo que haya que soltar semejante información en un foro...

Puede ser el caso que comento de la pensión de incapacidad permanente absoluta, que se asimila a una minusvalía en renta, pero el caso es que la causa es la declaración de incapacidad de la SS y el devengo de la pensión, si no hubiera tenido derecho a ella, no podría aplicarse ningún tipo de deducción, por muchas enfermedades incapacitantes que tenga. El simple hecho de tener una enfermedad incapacitante no te convierte en minusválido a ningún efecto hasta que no se te declara como tal por el órgano competente, eso es lo que quiero que quede claro.

 

 

Un saludo

#13

Re: Impuesto sucesiones.Alzheimer

Buenas tardes:

Creo que me he expresado mal. La Seguridad Social le jubiló por incapacidad total para el trabajo. En la información que venía de la Seguridad Social para el IRPF ponía que la pensión estaba totalmente exenta. 

Por ello, lo único que le declaraba eran los rendimientos financieros, y  le salía a devolver normalmente o en casi todos los casos.

La enfermedad de Alzheimer te incapacita totalmente para el trabajo y cuando va avanzando no te vales por sí mismo para nada.

Al principio, se es incapaz de hacer un ejercicio mental como configurar un árbol sencillo del juego tangram.

Por ello, digo que si un juez declara a una persona incapaz total para obrar por si misma tiene validez completa ante cualquier organismo, ya que se basa no solo en la apreciación personal sino también por informes médicos.

La incapacidad psíquica está contemplada en el ISD. 

En el caso de mi hermano fue incapacitado para el trabajo por la Seguridad Social totalmente. Luego el juez le declaró incapaz para valerse por sí mismo.

Por eso, si un juez declara que es incapaz total por Alzheimer es incapaz a todos los efectos y ante todos los organismos, simplemente lo tiene que hacer valer con la sentencia. 

Saludos

#14

Re: Impuesto sucesiones.Alzheimer

El reconocimiento de la discapacidad por el órgano competente de la Comunidad Autónoma, tiene fecha de efectos el de la presentación de la solicitud (artículo 10.2 del Real Decreto 1971/1999). No se van a reconocer efectos anteriores a la solicitud.

Con respecto al cálculo, únicamente un pequeño detalle: para un grupo III existe una reducción en la base imponible de 7.993,46 euros. Salvo que me equivocara, por eso sale un 21.14% 

#15

Re: Impuesto sucesiones.Alzheimer

Una cosa es la incapacidad para el trabajo y su posible pensión y otra es la incapacitación a efectos civiles que corresponde a los tribunales. Si dije que no entendía que no hubiese sentencia no es por capricho, sino porque esto dice la ley:

Nadie puede ser declarado incapaz, sino por sentencia judicial

Por cierto, si te nombraron tutor no es para que alucines sino para que protejas al incapaz. Ningún médico es quién para quitar el carnet de conducir a nadie.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.