Costas en cláusula suelo, su declaración en IRPF
Buenas tardes, agradezco por adelantado a todo aquel que me dedique un minuto de tiempo. Tengo una duda en relación con las costas abonadas por el banco en una sentencia de clásula suelo dictada en el año 2017. Recientemente acudí a una delegación de la Agencia Tributaria de mi zona y allí me dijeron que las costas que el banco pagó, pongamos que eran 2.000,00 euros, debería incluirlas en mi declaración de la renta como ganancia patrimonial, pero que realmente no tendría incidencia económica en mi declaración toda vez que posteriormente dicha cifra podría deducirla como inversión en vivienda habitual.
Es decir, declaro como ganancia patrimonial los 2.000,00 euros y posteriormente añado a los gastos deducibles destinados a inversión en vivienda habitual, esos 2.000,00 euros.
No es la primera vez que hago una consulta presencial y luego se desdicen, razón por la que hice varias búsquedas para confirmarlo y no he logrado encontrar algo, ¿alguien puede decirme si esto es así?.
Muchas gracias