Depende de la actividad de la SCP. En todo caso, la situación de alta en el RG nunca es óbice para no estar a su vez en el RETA (o mutualidad equivalente caso de algunas profesiones). Pero hay actividades que pueden ser desarrolaldas por una SCP (siempre con ánimo de lucro) que no necesariamente implicarían alta en el RETA, como por ejemplo un club de inversión con forma jurídica SCP.
Al ser una entidad en atribución de rentas, sin personalidad jurídica propia (salvo contadas y tasadas excepciones), la naturaleza de sus actividades e ingresos son las que corresponderían a sus socios. Y si estos son personas físicas, hay "acciones" de contenido económico lucrativo que no necesariamente son "actividades" económicas, tales como las generadas por la gestión del propio capital mobiliario o inmobiliario.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!