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Donación entre cónyuges, vivienda habitual.

25 respuestas
Donación entre cónyuges, vivienda habitual.
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Donación entre cónyuges, vivienda habitual.
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#1

Donación entre cónyuges, vivienda habitual.

Buenas noches.

Agradecida si alguien nos podría dar una idea de los gastos que conllevaría una donación entre cónyuges de la cuarta parte de la vivienda habitual. 
Situación: de nuestra vivienda habitual, la mitad es mía privativa. La otra mitad está bajo el régimen de gananciales. El precio de compra fue 180.000 euros.
Mi marido es escandinavo y fiscaliza en su país; yo, su esposa, tengo la nacionalidad española. No tengo ingresos. Residimos en Canarias. Estamos casados en segundas nupcias, y tanto mi marido como yo tenemos hijos de un matrimonio anterior.  
Queremos pasar la casa a nombre mío, y lo que nos propone el notario es PRIMERO liquidación de la sociedad conyugal y LUEGO la donación de la cuarta parte de la vivienda. Creemos que el valor real de la vivienda ronda los 160.000 euros por lo que la cuarta parte asciende a 40.000 euros.

El presupuesto de la notaría es de 820 euros. Es lo único que sabemos por ahora, pero luego viene el gasto del Registro, y según he podido leer en internet, también el Impuesto de Donaciones, y posiblemente algo más....  Yo, como la que recibe la donación, ¿tengo que pagar algún plusvalía o impuesto a pesar de no tener ingresos?

Por favor, ¿alguien nos podría dar una idea de los gastos e impuestos varios que conllevaría dicha donación? 

Muchas gracias.

 

 

#2

Re: Donación entre cónyuges, vivienda habitual.

Supongo que la vivienda no tiene hipoteca pendiente, ¿no?

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Donación entre cónyuges, vivienda habitual.

No, no tiene hipoteca.

#4

Re: Donación entre cónyuges, vivienda habitual.

Además de lo que mencionas (notario, registro, Impuesto de Donaciones), tendrías que pagar la plusvalía municipal de esa cuarta parte (suponiendo que el ayuntamiento no se empeñe en liquidarla sobre el 50% por la liquidación de gananciales, parece que algunos se empeñan en ello). 

Además, tu marido tendrá que tributar por la ganancia patrimonial de esa cuarta parte. La forma dependerá de que su residencia sea en España o no.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5

Re: Donación entre cónyuges, vivienda habitual.

Allí ya surgen las dudas. La plusvalía: No tengo ingresos. ¿Aún así pretenden cobrar una plusvalía? Es como querer cortar el pelo a un calvo. :-) 

Con respecto a la ganancia patrimonial, mi marido no va a tener ninguna ganancia de este tipo sino todo lo contrario. Pierde parte de su patrimonio: la parte que me dona a mí .... ¿No?

#6

Re: Donación entre cónyuges, vivienda habitual.

La plusvalía municipal (nombre oficial: Impuesto sobre el incremento de valor de terrenos urbanos) no depende de los ingresos que tengas sino del valor catastral y de la última transmisión de la vivienda. Para calcularlo mira la web del ayuntamiento, en ordenanzas fiscales.

Tu marido tendrá la ganancia patrimonial correspondiente a la diferencia de valor entre el valor de mercado actual y el valor de adquisición. La donación es una liberalidad por su parte que no puede perjudicar al fisco.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#7

Re: Donación entre cónyuges, vivienda habitual.

Agradecida por tu ayuda. Así sabemos, más o menos, qué nos espera.

Con respecto al valor catastral, pues es de pena: 75.000 euros, aproximadamente. Precio de compra: 180.000 euros
Plaza de estacionamiento: Catastro - 4.600. Precio de compra: 6.700.
En la notaría me dijeron que para calcular el valor de mercado actual, Hacienda coge el valor catastral y lo multiplica por 2,5. ¿Sabes si es cierto eso?

¿Sabes por casualidad cómo el Registro calcularía su minuta? El notario sí que sale caro. Me pregunto si el Registro también...

Resumiendo: hay que pagar notaría, registro, plusvalía, impuesto por la ganancia patrimonial (este será el "Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados?), impuesto de sucesiones.....  Total, presiento que esto nos va a salir "salado"...

#8

Re: Donación entre cónyuges, vivienda habitual.

Buenas noches:

En primer lugar, el notario te engaña. No tienes que disolver la sociedad conyugal, ya que sigues casados. Lo que quiere es cobrarte por partida doble los aranceles notariales. 

El único acto que se realizar material es que tu marido te cede su parte. Una cedida, la única propietaria eres tú. No hay crecimiento por división y luego reunión, sino que la propiedad crece por adición. Crece por suma.

Si esa parte de la vivienda la tienes hace más de 20 años no tiene plusvalía municipal. 

Si se la compras, no hay transmisión, ya que él se queda con el metálico y tú con la parte de la vivienda.  Con lo cual es una restructuración de la propiedad. El período impositivo no se interrumpe por lo cual no tiene plusvalía.

No tiene actos jurídicos documentados si paga el impuesto de transmisiones o el de sucesiones. Tampoco tendría IRPF si pactas el precio de venta según el precio de compra.

Saludos.
#9

Re: Donación entre cónyuges, vivienda habitual.

Hola, Jesúsm1.
Gracias por tu respuesta.
No, la vivienda solo tenemos desde hace diez años.
Comprarle a mi marido su parte, no puedo, porque no tengo ingresos.
Con respecto a los trámites, nos ha dicho el notario que 1) hay que  liquidar esa parte que está en gananciales, es decir los 90.000€. (Honorarios nada más por esto: 400 y pico largo). Luego 2) hacer las capitulaciones matrimoniales, y finalmente 3) la donación.
Hemos preguntado a 5 o 6 notarios, y los precios van desde 800 a 1200 euros por el mismo trabajo.
#10

Re: Donación entre cónyuges, vivienda habitual.

Jesusm1,
Para yo poder argumentar con el notario, ¿de qué forma puede mi marido cederme su parte sin que haga falta realizar la liquidación de sociedad conyugal? ¿En qué me apoyo para decirle que no hace falta dicha liquidación?
Gracias. 
#11

Re: Donación entre cónyuges, vivienda habitual.

La propiedad de la vivienda está compuesta es la siguiente:

- Por una parte tú, con el  50 %
- Por otra parte la sociedad de gananciales ( Tú y tu marido) 25 % tú, 25 % tu marido.

No tienes que disolver la sociedad de gananciales, ya que la sociedad de gananciales puede seguir para otras cosas. No hay sociedad de gananciales, sino modo de funcionamiento en gananciales. Lo que existe es el matrimonio jurídicamente. El matrimonio sigue. Pero para entendernos vamos a seguir denominando ese modo como sociedad de gananciales.

Es la sociedad de gananciales( matrimonio) la que te dona a tí el 25 % y se retira de la vivienda.

Es decir, sigues en gananciales en otros asuntos. Pero en este se retira del 25 %. Puesto que el otro 25 % de la sociedad de gananciales es ya tu parte, adquieres el 100 %.

Solamente hay una transmisión.

Como bién dices, solamente se transmite el 25 % una sola vez. No dos. El hecho efectivo es que tu marido se sale y esa sociedad de gananciales del (25%+25%), para la vivienda se queda con un solo socio que eres tú.

Es como si tienes un bar con otra persona cuya sociedad se llama "sociedad.bar", registrada. Pues un socio le puede donar al otro su 50 % y la sociedad.bar sigue. pero ahora el accionariado es una sola persona. 

En el matrimonio es similar, para este caso. Es un miembro del matrimonio el que se retira del 25 %, que pasaría a tí. El hecho material es que, el que se retira sea tu marido. No se disuelve nada. Porque el régimen de gananciales( matrimonio) puede seguir para otras cosas y lo que aumenta es tu parte privativa.

https://www.mundojuridico.info/vivienda-privativa-cuya-hipoteca-es-abonada-en-gananciales/ 

Nada impide que entre las partes gananciales (matrimonio) acuerden aumentar la parte privativa para uno de los componentes de forma voluntaria.

No podría donar esa parte de la vivienda si la hubiera heredado y tuviera otros herederos, pero si lo puede hacer si lo ha adquirido ese 25 % personalmente, en gananciales.

De la vivienda el 75 % es privativo tuyo. Si la otra parte te quiere donar ese 25 % y pasarlo a privativo tuyo, pues nada se lo impide.

Lo que está registrado es el matrimonio y el funcionamiento puede seguir en mezcla de gananciales y privativos. Pero no existe una sociedad "denominada gananciales" sino que es un modo de funcionamiento. El matrimonio es el sigue. Por pasar esa parte a privativo, no se disuelve el matrimonio.

Saludos.

#12

Re: Donación entre cónyuges, vivienda habitual.

Muchas gracias. Te entiendo perfectamente. Sí, el matrimonio sigue como hasta fecha, sin cambios.
Lo que dicen los notarios (a estas alturas ya he consultado con más de uno) es que hay que disolver el régimen de gananciales por el que se rige el 50% de la vivienda. Y solo eso. No de todo lo que poseemos como p.ej. la cuenta bancaria que sigue en gananciales.
Tengo un solo presupuesto por escrito. Los demás no han querido pillarse los dedos. Del presupuesto que tengo, deduzco que calculan sus honorario (derechos de matriz) utilizando la escala del número 2.1 del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Notarios y como base el valor que tiene la mitad de la casa ya que, alegan, es esa parte que está en gananciales. Pero el cálculo lo sacan contando con dos partes de 25% cada uno. Eso da unos honorarios bastante más elevados que si hubieran calculado una sola parte de 50%.  
Luego la minuta de la donación sí se hace a base del 25%.
Para ganarles el pulso a estos ladrones de guante blanco hay que ser letrado, por lo menos.

#13

Re: Donación entre cónyuges, vivienda habitual.

Buenas noches.

Solo se transmite un 25 %, porque el 75 % ya es tuyo.

Asu vez, la parte fija o mínima del arancel solamente te la tienen que cobrar una sola vez, ya que solamente se hace una transmisión o mejor dicho, el receptor es uno solo.

Saludos.
#14

Re: Donación entre cónyuges, vivienda habitual.

Nadie ha dicho que haya dos transmisiones, pero si dos operaciones gravables por sus aranceles, la extinción de la sociedad de gananciales en relación a ese bien, y la donación del 25% de tu marido a ti. En base a eso te lo van a cobrar y ya puedes argumentar lo que quieras, que no, lo tienen muy claro, tendrías que ir a los recursos a ver. Mucha suerte, pero aparte de letrados, son expertos en estos rollos, es su trabajo...

Un saludo

#15

Re: Donación entre cónyuges, vivienda habitual.

Seguramente, Leopol72, pero como comprenderás, cuando sus presupuestos varían tanto de notaría en notaría (de unos 700 euros a 900 y pico), ellos mismos siembran la desconfianza en el ciudadano. Hay unos aranceles; entonces, ¿cómo puede variar tanto? ¿Y por qué son tan reacios a facilitar un presupuesto por escrito? ¿Has oído alguna vez que una donación requiere, además, el otorgamiento de un testamento? ¿O que Hacienda, para dar con el valor de mercado, suelen multiplicar sin más rodeos el valor catastral por 2,5? Creo que para algo se hizo el coeficiente de cada municipio.
También te recomiendo leer aquí en Rankia otro hilo (kilométrico) sobre cancelaciones de hipoteca, notarios y registros.
Después, quizá, cambias de parecer.

Saludos.
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