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Embargo de nomina

9 respuestas
Embargo de nomina
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#1

Embargo de nomina

buenastardes mi nombre es nelson y recien a la ett a la cual trabajo le han llegado una notificacion de hacienda con un embargo del 30% de la nomina , segun ellos mi salario minimo interprofesional por 30 horas semanales trabajas es de 700 euros , pero dentro del salario me entran las vacaciones y las prorrogas , este cobrare 994,90 . y la verdad estoy hecho un lio por que en ett no me dicen cuanto me van a quitar , si podrian decirme cuanto seria el importe que se me quitaria .
gracias
#2

Re: Embargo de nomina

Yo creía que las vacaciones es obligatorio disfrutarlas y no se pueden cambiar por retribución ¿Con el concepto vacaciones te refieres a que te pagan por no disfrutarlas?

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Embargo de nomina

El pago de una compensación por las vacaciones durante el contrato (CRA 0060) es legal en algunos supuestos, como por ejemplo en el caso de las ETTs.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#4

Re: Embargo de nomina

Supongo que será en el caso en que por la duración de contrato o la fecha de finalización, no hay tiempo para disfrutar de las vacaciones.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5

Re: Embargo de nomina

En todo caso, el salario mínimo inembargable es 900 € en 14 pagas. Por tanto, si tienes 14 pagas de 994,90 €, los primeros 900 son intocables. De los 94,70 € restantes, podrían embargar el 30%, o sea 28,41€.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#6

Re: Embargo de nomina

Buenos días w en la ETT me dicen que mi salario bruto es de 887.00 mensual a eso hay que sumarle las pagas de vacaciones y los prorrogado y llegan hasta 940,00 brutos pero nos quitan un 2% de iprf  , la pregunta si mi salario bruto es de 887,00 mensuales cuanto me estaría quitando hacienda con el 30% , pues mi contrato es de 30 horas semanales y me dicen que para mi contrato de horas mi smi es 887,00 y para los 40 horas es de 900 

Si podrías ayudarme con algún dato te lo agradeceria
#7

Re: Embargo de nomina

Lo que es inembargable es el Salario Mínimo cuyo importe actual es 900 € por 14 pagas (si sólo son 12 pagas sería 1.050 €). Hasta donde yo sé, eso es inembargable sea cual sea tu jornada.
Lo que se puede embargar es el líquido y tu líquido es 940 menos el 2% (si cotizas a la SS también habría que restarlo), así que tu líquido es 921,20 €. Si en ese importe se incluyen las pagas extras no te pueden embargar nada y si no se incluyen, te pueden embargar el 30% de 21,20 € = 6,36 €.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#8

Re: Embargo de nomina

Ese es el límite general, pero al tanto, que también puede ser un embargo por pensión de alimentos. Ahí no hay mínimos.

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#9

Re: Embargo de nomina

Muy buen apunte. De todas formas, en este caso, creo que el consultante dice que se trata de un embargo de Hacienda.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#10

Re: Embargo de nomina

También podría venir la cosa de una reclamación que el Fondo de Garantía de Alimentos (ministerio de hacienda) haya realizado via AEAT.

https://www.clasespasivas.sepg.pap.hacienda.gob.es/sitios/clasespasivas/es-ES/PensionesPrestaciones/anticipospensionesalimenticias/Paginas/Anticipopensionesalimenticias.aspx

"[...] Por ello, se informará al obligado de la existencia de resolución que reconozca el anticipo y, posteriormente, se practicará y notificará liquidación de las cantidades que adeuda al Estado, que deberá ingresar en el Tesoro Público y, en su defecto, serán exigidas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria en periodo ejecutivo, mediante el procedimiento administrativo de apremio [...]

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