Si la CB como tal no realiza actividades económicas, aunque alguno de sus comuneros sí, no está obligada a presentar declaración de éstas operaciones.
Esa exclusión de declarar "éstas" operaciones, en caso de PF o CB "no-activas", no excluye que sí pueden existir otras operaciones por las que sí deban declarar. Por ejemplo reforman una vivienda, por más de 3.000 € con un mismo industrial (derivado del Artículo 31.1 del citado RD).
El caso que planteas es el mismo que si los comuneros de una CB de mero arriendo de bienes inmuebles, a su vez son empresarios o profesionales (comerciantes minoristas, o profesionales liberales,....). Una cosa son las obligaciones de esas personas físicas, y otra es que tengas formalizada una CB para alquilar un inmueble.
Si la CB es un vehículo para realizar sus actividades económicas (en todo o en parte), la CB es sujeto obligado junto a todas sus operaciones, incluidas las no sujetas o las sujetas pero exentas.
Pero si la CB es algo al margen de las actividades económicas de sus comuneros, entonces no pinta nada.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!