Tu caso es algo distinto al mío porque, en tu caso, los errores que tienes en las bases de cotización si te afectarán en el importe a cobrar de la pensión. Si tu reclamaciones administrativas no prosperan podrías presentar una demanda en el juzgado de lo social.
En mi caso, finalmente no he presentado la demanda en el juzgado de los social porque la abogada del sindicato me ha dicho que para que reconozcan en el juzgado de lo social la demanda de modificación de las bases de cotización, debe ser porque me perjudique en alguna prestación que tenga que cobrar de la SS, y este no es mi caso en este momento. Es decir, lo que si podría hacer es reclamar las bases de cotización en el juzgado de lo social pero en el momento de jubilarme (año 2027) siempre que, en ese momento, el no tener reconocidas dichas bases de cotización, me perjudicara en el importe a cobrar de pensión.
Le he dicho a la abogada que yo lo que quiero es que me corrijan los errores pero antes de jubilarme, no quiero esperar a jubilarme para meterme en pleitos. La abogada me ha dicho que para reclamar las bases de cotización, en este momento, tendría que presentar una demanda en lo contencioso-administrativo. El problema es que este tipo de demanda no está incluida dentro de los servicios gratuitos que tengo como afiliado. Me ha dicho que me costaría unos 1.100€. Le he dicho que, de momento, no me interesa gastarme ese dinero ya que actualmente no se tienen en cuenta esas bases de cotización para el cálculo.
La abogada me ha propuesto alargar la reclamación administrativa presentando un RECURSO DE ALZADA. Como este tipo de reclamación no me cuesta dinero (por estar afiliado al sindicato), con el asesoramiento de la abogada, esta semana he presentado un RECURSO DE ALZADA en el registro electrónico de la TGSS mediante mi certificado electrónico (en el apartado “Presentación de impugnaciones ante la Tesorería General de la Seguridad Social”). Ya os contaré si me contestan.
En mi caso, las bases de cotización son del año 1985-1986 y, con la legislación actual vigente, esas bases no se tienen en cuenta para calcular mi pensión, que se producirá en el 2027. Habrá que ver si finalmente amplían de 25 a 35 los años de cotización que se tendrán en cuenta para calcular la pensión porque en ese caso si afectaría al cálculo de mi pensión.
Voy a esperar a ver si obtengo algún resultado del RECURSO DE ALZADA pero si no obtengo ningún resultado estoy pensando en volver a reclamar (administrativamente, RECLAMACION PREVIA, RECURSO DE ALZADA) una y otra vez a ver si en alguna de esas reclamaciones me rectifican algún mes (como ya me han hecho en una de las reclamaciones administrativas que hice).
¿ qué opináis ?
¿ se puede reclamar varias veces lo mismo ?
¿ cuál ha sido vuestra experiencia ?