Hola José, si tu padre es tu avalista de la hipoteca y en caso de que tu no puedas pagar tu cuantía mensual, el cómo avalista está obligado a abonar dicha cuantía mensual, por lo que no debería de figurar esos ingresos como incremento de tu patrimonio.
Para ello, cuando se realiza el pago de la hipoteca hay que especificar quien abona dicha cantidad.
Supongo que cuando te llegue la carta dispondrás de un desglose de como se ha realizado el cálculo de tu asignación del IMV.
Para reclamaciones, tras obtener la carta y saber el desglose, lo mejor es tener cita presencial.
Un saludo.