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Estado solicitud ingreso minimo vital

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Estado solicitud ingreso minimo vital
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Estado solicitud ingreso minimo vital
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#40891

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Sigue existiendo porque no disponía de dinero para liquidarla
#40892

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Entonces no cumples los requisitos. 
#40893

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Tienes que pedir cita en la Agencia tributaria y que te expidan un certificado de que esa sociedad no tiene actividad de 2018. Adjuntalo a tu Reclamacion Previa. Si hay cese de actividad, aunque no este disuelta, si tienes derecho al IMV. El artuclo 11 punto 3, hace referenca al cese de actividad, no indica nada de disolucion, solo indica que tenga o no actividad.Reclama que te tienes derecho, no eres el primer ni unico caso que se da de esas circunstancias.
#40894

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Que cabrones,pues casi que hubiera preferido no aver cobrado el paro...
#40895

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Muchísimas gracias☺️
#40896

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Exactamente es como dice. Ayaxoileo. Tenes que adjuntar a la reclamación el cese de actividad de la sociedad desde. 2018 para demostrar que no has obtenido beneficio alguno. 
#40897

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Cuando haces la solicitud via telemática, te asignan un código alfanumérico que luego tienes que poner en aportar documentación /consultar estado. Cuando pinchas ahí te sale toda la documentación que has adjuntado en PDF. Pues desde ahí se me pedía la documentación. Por ejemplo una vez que la Administración tuvo toda mi documentación se me pidió un documento "firmado" de puño y letra prestando eel consentimiento para consultar telemáticamente con otras Administraciones. 
#40898

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Yo es que transcurridos los 45 días la envié directamente al Juzgado. 
#40899

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Claro Angli. Ya hago yo de cobaya no vayamos a liarla todos. 
#40900

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Como entras al expediente?
#40901

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Muchas gracias, el problema es que yo no sabía que tenía que presentar cuentas aunque estuviera inactiva y ahora resulta que tengo que presentarlas atrasadas y encima con sanciones😡😡😡😭😭😭 esto es tremendo, es el cuento de nunca acabar chic@s
#40902

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Hola a todos,no se si me podéis ayudar,estoy cobrando el ingreso minimo vital y en unos días voy a cobrar una herencia,me quitan para siempre el imv? O solo un mes? O depende de lo que cobre de herencia me la quitan para siempre o no? Donde tengo que notificarlo? 
Muchas gracias de antemano a todos,es imposible pedir cita a ningún sitio y para esto hay un plazo 
#40903

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

No esque lo leí pero la verdad no lo entiendo
#40904

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Todo dependerá de la cantidad en bienes o en efectivo que vayas a heredar. Si es en bienes, se incrementara tu patrimonio y si superas el limite para tu unidad familiar será causa de extinción del derecho. Si es en efectivo también dependerá de la cantidad a heredar, si superas el limite supondrá la extinción, sino superas el limite si te recalcularan la cuantía. debes comunicarlo, ya que estas obligado a comunicar cualquier cambio en tu situación y esto lo es, es un cambio en tu situación económica o patrimonial. Si no puedes pedir cita presencial en ninguna oficina de la SS siempre puedes comunicarlo via web en https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Inicio   luego en Sede Electronica,  siguiente en Ciudadanos y en Otros procedimientos y luego en  Presentación de otros escritos, solicitudes y comunicaciones (Instituto Nacional de la SS).

Ahí presentas un escrito donde comunicas la cantidad o bienes que heredas.


#40905

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Muchas gracias por contestar,tenía entendido que hacia no mucho había salido una ley que aunque heredes se considera ingreso excepcional,y que si no superas el límite no te quitan el imv y si lo superas solo te lo quitan el mes que cobras herencia pero luego sigues cobrando el imv
La herencia es económica y en bienes,sabes si en el Sepe también lo tengo que notificar?
Muchas gracias