DLo que yo leo es, se aplicará la revisión en el período correspondiente siempre que el año anterior haya sido beneficiario de la prestación, es decir, si este año ,que es cuando empieza vas a tener ingresos se aplicará al final de año, SI, HAS SIDO , BENEFICIARIO del imv el año anterior, si has sido beneficiario el año en curso es decir este año, se realizará el segundo año la revisión de dicha actualización de incentivos, lo de 2021 hace referencia a la ley,pero nada más, es decir, te lo revisaran ESTE AÑO , si te la aprobaron el anterior (2022) por los ingresos de este año ,o en 2024 si te la aprobaron el año en curso,es decir este año.saludos