Hola,
En ese caso, dispone de 30 días (se entienden hábiles) para interponer oportuna reclamación previa a la vía judicial o, en su caso, reiterar la solicitud.
La vía a escoger dependerá de las circunstancias de la solicitud denegada y si existen posibilidades de ser rectificada la decisión inicial o no.
En cualquier caso, interpuesta la reclamación previa, tienen 45 días para resolver la misma, que siendo hábiles sería más allá del año en curso; mientras que una nueva petición demoraría su resolución hasta 6 meses, pero admitiría la citada reclamación previa contra ella de ser denegatoria.
Saludos y suerte al respecto.