Hola a todos alo os dejo la contestación del Gobierno haber ke os parece porque por una parte de an sentido aludidos sobre lo ke les dije de ke ke método siguen y piel no agilizar los trámites y después me contestan más de lo.mismo acuda a servicios sociales cuando no te ayudan para nada y más de lo mismo En fin espero os sirva de ayuda
Nos ponemos en contacto con usted en respuesta al nuevo escrito que ha dirigido a la Presidencia del Gobierno, en el que expone su situación personal, así como sus consideraciones respecto a su solicitud del Ingreso Mínimo Vital (IMV), que hemos leído con atención.
En primer lugar, lamentamos las dificultades que está atravesando y confiamos en que sus circunstancias mejoren con prontitud.
Por otro lado, queremos aprovechar estas líneas para trasladarle que más de 136.000 hogares y 400.000 personas tienen ya reconocida esta prestación, después de que el Instituto Nacional de la Seguridad Social haya recibido más de 975.000 solicitudes, de las que se han tramitado un total de 488.000. Además, le informamos de que el ritmo de tramitación de los expedientes del IMV ha ido aumentando durante las últimas semanas, de modo que 328.000 han sido resueltos, mientras que a otros 160.000 se les ha pedido que subsanen errores, como por ejemplo el de completar la documentación.
Respecto a sus comentarios, el Gobierno ha aprobado recientemente una serie de medidas para agilizar y facilitar el acceso al IMV. Entre ellas encontramos la ampliación de los efectos económicos retroactivos a las solicitudes presentadas hasta fin de año, la eliminación del requisito previo de inscripción en los Servicios Públicos de Empleo y el incremento hasta 6 meses del plazo máximo para resolver y notificar las solicitudes.
Asimismo, y en lo que a la mejoría de los procedimientos de gestión se refiere, se obtendrá la información padronal de forma automática, siempre que coincida con la que figura en la solicitud, gracias al cruce de datos de titulares y beneficiarios en el Padrón. Además, se facilitará la gestión del IMV a los beneficiaros de las rentas mínimas de inserción que ofrecen todas las comunidades autónomas.
En este sentido, también se ha ajustado la normativa que regula el IMV para seguir avanzando en la tramitación y resolución de los expedientes. Entre estos cambios encontramos la modificación del concepto de Unidad de Convivencia para incorporar a las personas que, sin vínculos de parentesco o análogos entre sí, compartan vivienda con una unidad de convivencia formada por personas que sí tienen vínculos, considerando por lo tanto la existencia de dos unidades de convivencia.
Igualmente, se aclara el concepto de hogar monoparental, se limita a los menores de 30 años el requisito de tres años de vida independiente y un año de cotización y se extiende la posibilidad de ser titulares de la prestación a personas de más de 65 años que no sean beneficiarios de pensión de jubilación.
Además, le señalamos que se ha habilitado un teléfono gratuito (900 20 22 22) para resolver dudas en horario de atención de 9.00 a 14.30 horas. Asimismo, en el área de Servicios Sociales de su Ayuntamiento, podrán orientarle sobre las prestaciones, de carácter municipal y/o autonómico, que le pudieran corresponder valorando sus circunstancias personales y familiares.
Finalmente, le sugerimos que consulte las medidas aprobadas por la crisis sanitaria del COVID-19. Entre otras, las destinadas a los
trabajadores y otras
medidas sociales.
Manteniéndonos a su disposición, reciba un cordial saludo,
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