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Duda compensación pérdidas y ganancias: acciones y venta de inmueble
Buenos días,
quería pedir ayuda a los compañeros del foro que conozcaís más en detalle que yo el punto de compensación de pérdidas y ganancias para así poder saber lo que he de hacer para mi declaración de la renta del año que viene.
- He comprado acciones que he vendido en menos de 30 días con plusvalía de 1000€.
- He vuelto a comprar las mismas acciones, tras 15 días, que he vuelto a vender en 30 días con plusvalía de 1000€.
Pregunta 1: Entiendo que la "regla de los 2 meses" aquí no aplica porque en mi caso he tenido plusvalías y dicha regla sólo aplica a minusvalías. ¿Estoy en lo cierto?
Como tengo otras muchas acciones con pérdidas latentes, entiendo que lo que más me compensaría aquí sería vender antes de fin de año unas cuantas acciones para aflorar pérdidas por importe similar a 2000€ y que así se compensen y no tenga que tributar por las plusvalías.
Pregunta 2: Además este año he vendido un inmueble que heredé hace un par de años. La venta ha tenido una plusvalía de 30K€ (tras descontar gastos y demás) debido fundamentalmente a que el valor declardado en el impuesto de sucesiones fue bajo. ¿Puedo compensar esos 30K con minusvalías procedentes de vender más acciones de esas que tengo con pérdidas latentes? Y en caso afirmativo, y como los 30K se tratan de una plusvalía que no puedo "llevarme" a los 4 años posteriores (pues esto aplica sólo a minusvalías), lo "ideal" (fiscalmente hablando) sería aflorar pérdidas ANTES DE QUE FINALICE EL AÑO por valor de esos 30K?
Pregunta 3: Con los datos anteriores de venta de vivienda con plusvalía de 30K, sé que hasta los 6K el tipo impositivo es del 19%, y hasta los 50K son el 21% ¿Quiere eso decir que en caso de no compensar pérdidas y ganancias, debería pagar el 21% de la totalidad de los 30K, o lo debería de calcular por tramos (i.e. 19% de los primeros 6K y 21% de los 24K restantes?
Pregunta 4: Si la respuesta a la pregunta 2 es que SÍ puedo compensar la plusvalía de la venta de la vivienda a través de aflorar pérdidas a través de la venta de acciones, ¿la cantidad que debo aflorar son 30K en pérdidas o sólo la cantidad de impuestos a pagar por las plusvalías (i.e. unos 6K)?
Gracias a todos los que podáis echarme una mano en resolver estas dudas.
DiayMar
quería pedir ayuda a los compañeros del foro que conozcaís más en detalle que yo el punto de compensación de pérdidas y ganancias para así poder saber lo que he de hacer para mi declaración de la renta del año que viene.
- He comprado acciones que he vendido en menos de 30 días con plusvalía de 1000€.
- He vuelto a comprar las mismas acciones, tras 15 días, que he vuelto a vender en 30 días con plusvalía de 1000€.
Pregunta 1: Entiendo que la "regla de los 2 meses" aquí no aplica porque en mi caso he tenido plusvalías y dicha regla sólo aplica a minusvalías. ¿Estoy en lo cierto?
Como tengo otras muchas acciones con pérdidas latentes, entiendo que lo que más me compensaría aquí sería vender antes de fin de año unas cuantas acciones para aflorar pérdidas por importe similar a 2000€ y que así se compensen y no tenga que tributar por las plusvalías.
Pregunta 2: Además este año he vendido un inmueble que heredé hace un par de años. La venta ha tenido una plusvalía de 30K€ (tras descontar gastos y demás) debido fundamentalmente a que el valor declardado en el impuesto de sucesiones fue bajo. ¿Puedo compensar esos 30K con minusvalías procedentes de vender más acciones de esas que tengo con pérdidas latentes? Y en caso afirmativo, y como los 30K se tratan de una plusvalía que no puedo "llevarme" a los 4 años posteriores (pues esto aplica sólo a minusvalías), lo "ideal" (fiscalmente hablando) sería aflorar pérdidas ANTES DE QUE FINALICE EL AÑO por valor de esos 30K?
Pregunta 3: Con los datos anteriores de venta de vivienda con plusvalía de 30K, sé que hasta los 6K el tipo impositivo es del 19%, y hasta los 50K son el 21% ¿Quiere eso decir que en caso de no compensar pérdidas y ganancias, debería pagar el 21% de la totalidad de los 30K, o lo debería de calcular por tramos (i.e. 19% de los primeros 6K y 21% de los 24K restantes?
Pregunta 4: Si la respuesta a la pregunta 2 es que SÍ puedo compensar la plusvalía de la venta de la vivienda a través de aflorar pérdidas a través de la venta de acciones, ¿la cantidad que debo aflorar son 30K en pérdidas o sólo la cantidad de impuestos a pagar por las plusvalías (i.e. unos 6K)?
Gracias a todos los que podáis echarme una mano en resolver estas dudas.
DiayMar