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Plazo artículo 99.tres liva - Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
Buenas noches.
Tengo una duda sobre el plazo de 4 años que marca el derecho de deducción del artículo 99.tres LIVA
Mi pregunta es la siguiente:
Puedo deducir una factura emitida ( el plazo es el tema, régimen general)en agosto del año 2015 en el tercer trimestre del año 2019?
Hacienda en una inspección que tengo abierta me dice que no puedo deducirla al haber transcurrido más de 4 años desde que nació el derecho a la deducción.
Hacienda me reitera que he presentado la autoliquidación el 20/10/2019, cogiendo está fecha como fecha en la que se ejerce el derecho a la deducción de cuotas soportadas.
El tercer trimestre se presenta entre el 1-20 de octubre.
Muchas gracias.
Tengo una duda sobre el plazo de 4 años que marca el derecho de deducción del artículo 99.tres LIVA
Mi pregunta es la siguiente:
Puedo deducir una factura emitida ( el plazo es el tema, régimen general)en agosto del año 2015 en el tercer trimestre del año 2019?
Hacienda en una inspección que tengo abierta me dice que no puedo deducirla al haber transcurrido más de 4 años desde que nació el derecho a la deducción.
Hacienda me reitera que he presentado la autoliquidación el 20/10/2019, cogiendo está fecha como fecha en la que se ejerce el derecho a la deducción de cuotas soportadas.
El tercer trimestre se presenta entre el 1-20 de octubre.
Muchas gracias.