Esto es lo que pone en la ley del 20 de diciembre 2021:
La disposición adicional octava exime del pago de precios públicos por la expedición del Documento Nacional de Identidad a los menores de 14 años integrados en una unidad de convivencia que solicite la prestación del Ingreso Mínimo Vital.
Lo que no sé, desde cuándo se aplicará, pero ponerlo, lo pone. Tú díselo al agente que te lo haga, sino pide ticket o factura y luego lo reclamas.
Copiado del BOE, literalmente, ya que luego lo apliquen..., es como todo en el IMV. He vuelto a releerlo, y pone "que solicite la prestación del Ingreso Mínimo Vital", no que ya lo tenga concedido, depende de la interpretación que se haga, más bien que hagan ellos. Un lío todo...