Pues hombre el razonamiento es claro, pero entonces no entiendo como habiéndoselo preguntado 2 veces me insistió en lo dicho; esté o no obligado a declarar si la ganancia patrimonial (bono social térmico) no es superior a 1.000 €/anuales no los tiene que declarar. No obstante, reitero el agradecimiento por la aclaración porque,por lo visto, antes se entera uno mediante foros que por servicios oficiales. Ya iré informando si me contestan, pues tengo claro que pasados seis meses sin contestar es silencio administrativo negativo y así tener claro el tema para el año que viene. Perdón por las molestias, muchas gracias y un saludo.