Pues te apuntas el día, la hora y nombre y apellidos de quién te informó y cuando te hagan la paralela, alegas. Yo en mi caso concreto como explico en el historial del post, sin estar obligado a declarar, la ganancia patrimonial (bono social térmico) no era superior a 1.000 €/anuales, pero me retenían del trabajo y banco. Llamé, me informé (técnico fiscal, especializado IRPF me dijeron), me devolvieron del año pasado y me han devuelto de este año. Y sino os fíais, llamad, y sino pues hacéis la declaración incluyéndolo y después la rectificáis a ver que dicen. Ahora hay casos, como según se ha comentado en este post, titulares de IMV, que al estar obligados a hacer la declaracíón sí tienen que añadir la ganancia patrimonial (bono social térmico) aún siendo menor a1.000 €/anuales. Una vez me sancionaron y en los Fundamentos de Derecho me dijeron que Hacienda pone a disposición del ciudadano todas las herramientas para que pueda informarse y consultar, tanto presencial como telefónicamente cualquier duda o consulta que se tenga. Y sino puesla añades, cada uno lo que más le convenga e interese. Un saludo.