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Donación en primer grado de inmueble.

2 respuestas
Donación en primer grado de inmueble.
Donación en primer grado de inmueble.
#1

Donación en primer grado de inmueble.

Buenos días.
Me parece que me estoy volviendo mayor, pq ya dudo en conceptos básicos. Me quedo mucho más tranquilo planteando la pregunta.
En IRPF, la donación en primer grado, de padres a hijos de un inmueble ¿tributa por alguna de las dos partes, donante o donatario?.
¿O habiendo tributado ya en el Imp Autonómico de Sucesiones y Donaciones no hay que incluir ya nada en Renta ninguna de las dos partes?
Me inclino por esto último, pero ... se me cruzan los cables, máxime cuando la liq en donaciones ha salido exenta y no me acaba de entrar en la cabeza que nadie pague nada.
Vuestra opinión despejará mis dudas.
Muchas gracias
#2

Re: Donación en primer grado de inmueble.

pues sí, en el IRPF el donante es como si hubiera vendido la vivienda, así que tiene que tributar por la ganancia patrimonial entre el valor declarado en el Impuesto de Donaciones y el valor de adquisición. Salvo que se esté donando la vivienda habitual por un mayor de 65 años, hay que declarar la operación.
#3

Re: Donación en primer grado de inmueble.

Gracias Bacalao.