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Obligacion de hacer declaracion - Agencia Tributaria

11 respuestas
Obligacion de hacer declaracion - Agencia Tributaria
Obligacion de hacer declaracion - Agencia Tributaria
#1

Obligacion de hacer declaracion - Agencia Tributaria

Buenas,
¿Alguien sabría decirme ante el siguiente ejemplo con estos datos si es obligatorio presentar declaracion de la renta?

-Rendimientos del trabajo 20.000€ (unico pagador)
-Rendimientos de cuentas bancarias 1€
-Rendimientos de operaciones de seguros 80€
-Ventas de fondos de inversion: Ganancia: 40€    Perdida: 350€
-Trasmision de derechos con suscripcion:  Ganancia 12€

Yo desde mi alcance y viendo la info de la Agencia tributaria veo que no supera los 22.000 de un unico pagador
Ni supera los 1.600 de capital mobiliario ni ganancia patrimonial

Gracias y saludos.
#2

Re: Obligacion de hacer declaracion - Agencia Tributaria

Parece que no, pero yo la presentaría de todas maneras

Un saludo

#3

Re: Obligacion de hacer declaracion - Agencia Tributaria

Pues es que supuestamente si se presenta toca pagar 600€ pero por mas que me leo la norma no lo entiendo.
Dicen que en cuanto tiene una perdida de 1€ toca hacerla pero no veo esa regla.
#4

Re: Obligacion de hacer declaracion - Agencia Tributaria

efectivamente, al haber pérdidas con los fondos, entonces Hacienda se ha puesto super-estricta y considera que no aplica la excepción cuando los "intereses y ganancias con retención" son menores de 1.600 euros, porque las "pérdidas" no están englobadas en este apartado.
Entonces tendrías que cumplir simultáneamente el límite de ingresos totales menores del 1.000 euros (que no lo cumples) y pérdidas menores de 500 (que sí se cumple).
Creo que hay hilos antiguos con esta misma situación, incluso de gente que les llamaron por no haber presentado la declaración. 

Se da el absurdo de que si hubieses tenido 1 euro de ganancias netas en los fondos, no tendrías que presentar la declaración; pero con pérdidas, sí, según esta interpretación, y encima acabas peor que en el caso anterior con menos ingresos totales, porque dices que te sale a a pagar.

#5

Re: Obligacion de hacer declaracion - Agencia Tributaria

Muchas gracias Bacalo,

Una duda con respecto a lo que comentas, mirando los textos de hacienda para este año dice:

OBLIGACION DE DECLARAR:
 "Rendimientos íntegros del capital mobiliario (dividendos de acciones, intereses de cuentas, de depósitos o de valores de renta fija, etc.) y ganancias patrimoniales (ganancias derivadas de reembolsos de participaciones en Fondos de Inversión, premios por la participación en concursos o juegos, etc.), sometidos a retención o ingreso a cuenta, con el límite conjunto de 1.600 euros anuales. "

Mirando este texto no supera los rendimientos integros de 1600. ¿Te refieres que como en ese trozo de texto no dice la palabra "perdida" tienes obligacion de hacerla? Pero se supone que en ese texto hace mencion a OBLIGACION de declarar es decir, lo que se hable ahi SI tiene obligacion de hacerla pero el resto no ¿no?

Saludos.


#6

Re: Obligacion de hacer declaracion - Agencia Tributaria

digamos que el razonamiento correcto es el contrario:
-por defecto, todo el mundo tiene la obligación de presentar declaración.
-luego, se listan unas condiciones que te eximen de esa obligación.

Como en tu caso no cumples esas condiciones eximentes (al tener pérdidas, tus ingresos totales deberían ser menores de 1.000 euros), tienes obligación.

#7

Re: Obligacion de hacer declaracion - Agencia Tributaria

Jajaja mira que son rebuscados estos de la agencia. 
Voy a ver los hilos que comentas que existe de esto porque deja mucho que desear esta interpretacion de los agentes no? 
Yo si voy al apartado de OBLIGACION A DECLARAR y no cumplo eso entiendo que nada :)
Voy a ver si hay casos en el TEAR o algo.
#8

Re: Obligacion de hacer declaracion - Agencia Tributaria

Es exactamente eso, al no incluir la palabra pérdida, ya no cumplirías lo de que percibes exclusivamente ese tipo de rentas incluidas en la lista. 
El caso es que con carácter general, se sigue ese criterio, con cualquier pérdida, ya no vale el punto 1, tienes obligación y habría que ver si cumples el punto 2 para eximirte. En ese punto 2, ya no puedes recibir mas de 1.600 euros de cualquier tipo de fuente, por lo que no lo cumplirías y estarías obligado.

Por tanto, rectifico mi mensaje de antes, creo que SI resulta obligado.

Un saludo

#9

Re: Obligacion de hacer declaracion - Agencia Tributaria

la interpretación sobre la obligación de declarar es clara. Los límites de 22.000 euros con rendimientos del trabajo, 1.600 de ganancias con retención e intereses con retención,etc solo aplican si los rendimientos son exclusivamente de esa naturaleza. En el momento que no lo son (pérdidas, alquileres de inmuebles, ganancias sin retención) se va al límite de 1.000 euros.

La polémica en tu caso creo que estaría en que "ganancias con retención de menos de 1.600 euros" pudiera interpretarse que una pérdida en un fondo es una "ganancia negativa".

En este hilo del año pasado se comentaba un caso parecido, más sangrante aun, porque la persona en cuestión tenía ganancias en fondos en el cómputo neto, pero en un fondo había pérdidas y entonces el programa ya no le sacaba el mensaje de que no tenía obligación:
https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/4555286-declaracion-no-sale-obligado-declarar?page=1
En él referí la consulta vinculante de Tributos en que cambiaron de criterio y comenzaron a decir que es obligatorio declarar con ingresos de más de 1.000 euros si hay pérdidas aunque sean menos de 500 euros.
#10

Re: Obligacion de hacer declaracion - Agencia Tributaria

Gracias, ahora sí entiendo.
Joer pero voy a buscar a ver si alguien ha puesto un TEAR con esto porque deja mucho que desear esta interpretacion y no se si es legal.
#11

Re: Obligacion de hacer declaracion - Agencia Tributaria

No he visto nadie que haya denunciado esto.
Creeis que esto es competencia del TEAR?
#12

Re: Obligacion de hacer declaracion - Agencia Tributaria

Yo creo que puedes acogerte al "error de salto". Probablemente Hacienda no lo admita, pero se puede pelear.
Ver art 56.3 de la LGT.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.