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Inspeccion por ganancia patrimonial no declarada

39 respuestas
Inspeccion por ganancia patrimonial no declarada
Inspeccion por ganancia patrimonial no declarada
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#1

Inspeccion por ganancia patrimonial no declarada

Hola a todos,
Escribo aqui por si alguien se a encontrado en un caso similar y me puede hechar una mano.
Mi padre creó una empresa hace más de 30 años , junto con un socio.
En el año 2017 decidieron hacer el relevo generacional de padres a hijos, en este caso la empresa se la quedó mi hermano y el hijo del socio de mi padre. Ellos llevaban trabajando en ella más de 15 años.
El asesor les cogió hora en la notaria y se hizo una operacion de compra-venta de participaciones, en el que se consignó el valor de la empresa igual al de capital social, 6000 euros.
Hace dos semanas les ha llegado un requerimiento de hacienda a los padres.
Hacienda dice que el momento de la venta, la empresa valía segun sus criterios de valoración unos 900.000 euros, por lo que huvo una ganancia patrimonial de unos 190.000   a los que sumando los intereses ascienden a 240000 euros  , y aun no sabemos si ademas les van a aplicar sancion
Yo no entiendo nada, esto como es posible???
Ademas, ahora k nos estamos informando, nos dicen que por cumplir una serie de requisitos, k si que se cumplian en su momento, tener mas de 65 años...., k se tenia que haber hecho una donacion, exenta en un 95% del impto sobre sucesiones y tambien del irpf en cuanto al incremento patrimonial.
Toda la vida luchando para mantener una empresa y ahora por el simple hecho de querer que tus hijos continuen nos penalizan asi??
Ellos no obtuvieron ningun benefio por esa venta, fueron 3000 euros de forma simbolicA,
Y respecto del asesor, como podemos demostrar que este señor no nos infomó de nada de esto?
#2

Re: Inspeccion por ganancia patrimonial no declarada

No entiendo que os quieran perjudicar. Una cosa es la transmisión "formal" de la titularidad jurídica, que puede realizarse por diversos negocios jurídicos y por diferentes importes, y otra, relacionada pero distinta, su reflejo en el IRPF.

El IRPF tiene una normas de valoración de participaciones de entidades no cotizadas muy concretas. El mayor de:
a.- El precio reflejado, si ese importe se demuestra que es el que terceros independientes hubiesen pagado
b.- El valor neto del patrimonio según balance
c.- El valor de capitalización al 20 % (o sea, multiplicar x5) el promedio de los beneficios, distribuidos o no, obtenidos en los tres años anteriores

De esa manera se establece el valor a efectos del IRPF de la cosa transmitida. Una cosa es que el precio real y efectivo fuese casi simbólico, por esa voluntad de continuidad familiar y tal. Y otra cosa es cual fuese el valor real de la cosa transmitida.
Para el IRPF existe o deja de existir ganancia patrimonial en base a ese "valor".

Puede que no tuvieseis un asesoramiento fiscal adecuado. Pero ya digo que una cosa es la resolución "jurídica" de la transmisión de la propiedad de la empresa, al parecer correcto y plenamente legal, y otra cosa es el impacto fiscal de hacer las cosas de una u otra manera.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Inspeccion por ganancia patrimonial no declarada

Si, esto es lo que nos explican los abogados, pero el hecho de que nos apliquen esa norma, por una riqueza que no se ha generado, puede suponer el fin de la empresa.
#4

Re: Inspeccion por ganancia patrimonial no declarada

La "riqueza", la revalorización del valor de la empresa, SÍ se ha generado, solo que en principio y por la escritura de compra-venta, pasó íntegra de padres a hijos, sin pasar por el bolsillo particular. O sea, es una revalorización y ganancia "implícita".
Pero eso hacienda no lo acepta. Aunque sea de una manera ficticia, la norma fiscal entiende que esa empresa se revaloró, y que ahora (2017), cuando pasó a los hijos, hay que pagar el impuesto correspondiente a esa revalorización, se materialice o no se materialice en el bolsillo de los transmitientes.

Por lo que explicas, los padres invirtieron en su día 6.000 €. 
Y pasados los años, entre plusvalías latentes de los activos (= beneficio teórico potencial, que aun no tributó ni en ISoc), y beneficios no repartidos (= si tributó en ISoc, pero no en el IRPF de los socios), el valor acumulado de la sociedad son unos 900.000 €.

Esos 894.000 € que o no ha tributado aun, o no tributaron en su día en la parte correspondiente a la persona física socio, es lo que ahora hacienda reclama.
Y es así porque es la norma. La única plusvalía (=revalorización latente acumulada) que hacienda no reclama es la conocida como "plusvalía del muerto". Pero aquí, al parecer, los padres están aun muy vivos.

¿Y que sería lo más justo de a quien le corresponde pagar por esa ganancia implícita de los 894.000 €? ¿Al que entrega la cosa, o al que recibe la cosa?
La justicia del asunto es opinable, pero la norma legal lo que dice es que según el negocio jurídico, a una parte, a otra o a las dos. En este caso, a la parte que transmite.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Inspeccion por ganancia patrimonial no declarada

Entiendo lo que me explicas, pero si hemos de pagar por una riqueza generada, que ya ha sido gravada por el impuesto de sociedades, pero no con el irpf, 
Si ahora queremos repartir dividendos, pues a volver a pagar, tres veces impuestos por lo mismo
#6

Re: Inspeccion por ganancia patrimonial no declarada

ya ha sido gravada por el impuesto de sociedades, pero no con el irpf, 
Ahí está la cuestión. Al hacer la transmisión hay que tributar por IRPF, igual que cuando se perciben dividendos.
P.D. No entiendo que con una ganancia de 190.000 €, se carguen 50.000 € de intereses ¿Quién ha hecho esas cuentas?

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#7

Re: Inspeccion por ganancia patrimonial no declarada

Yolanda. Voy a ser franco. Por aquí se ven chapuzas. Pero esta chapuza es de las más grandes que he visto desde un punto de vista fiscal.

Efectivamente, como dice Cachilipox, nada impide vender por 6.000€ algo que vale realmente 900.000€. El problema son las implicaciones fiscales, ya que la compraventa simulada (realmente es una donación encubierta, porque se vende la empresa por apenas 6.000€) te cierra la puerta a la exención por donación de empresa familiar (que realmente no es una exención, sino un diferimiento fiscal de la ganancia, subrogándose los donatarios en el valor de adquisición originario de los donantes).

Hacienda tiene todas las de ganar porque parece bastante claro que el valor real de mercado de la empresa es 900.000€, y no 6.000€. Y lo que no creo que cuele ni de coña es rectificar fiscalmente la operación y declararla como una donación (es una medida desesperada en la que probablemente Hacienda te niegue la exención de la plusvalía alegando que lo que se condona es el precio de la venta, pero que en ningún modo se dona una empresa a los efectos de la exención).

Y ya la cagada es doble si el valor de la empresa es fundamentalmente "fondo de comercio", ya que puestos a hacer una compraventa, al menos haber hecho una compraventa de los activos (y no de las participaciones) que habría permitido amortizar fiscalmente el fondo de comercio.

Vamos, se ha hecho la operación cogiendo lo peor de los dos mundos (la donación y la compraventa) pero sin ninguno de sus beneficios fiscales.
#8

Re: Inspeccion por ganancia patrimonial no declarada

Si hubiera sido una donación, el donante no se libraría de tributar por la ganancia patrimonial.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#9

Re: Inspeccion por ganancia patrimonial no declarada

Una donación de empresa familiar que cumpliese los requisitos del art. 33 LIRPF estaría exenta (subrogándose los donatarios en el valor de adquisición originario). Y de los datos que da la forera, parece probable que se cumplieran los requisitos para haber podido hacer una donación exenta. 
#10

Re: Inspeccion por ganancia patrimonial no declarada

Lo único bueno "salvable" es que de cara a una futura transmisión, los ahora adquirientes podrán hacer valer que su verdadero valor de adquisición fue el "real" (900.000 €) y no el "escriturado" (6.000 €).

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#11

Re: Inspeccion por ganancia patrimonial no declarada

No estoy nada seguro de que sea probable que cumpla los requisitos, son bastante exigentes.
En todo caso, lo mejor es consultar en rankia antes de hacer nada. Después las cosas tienen difícil arreglo.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#12

Re: Inspeccion por ganancia patrimonial no declarada

Sin datos, es imposible saberlo al 100%. 

Dicho lo cual, es relativamente sencillo armar una donación exenta de manera que cumpla los requisitos, y más con los datos que ha dado (empresa con dos socios que quieren jubilarse para que sus hijos les releven). No tiene mucho misterio.

Pero incluso en el supuesto de que no procediese la exención (por ejemplo, porque a los socios les quedasen bastantes años para cumplir los 65 y no quisiesen demorar el relevo) probablemente lo más lógico hubiera sido realizar una compra de activos si la empresa tuviese fondo de comercio (o incluso aunque tuviese inmuebles, ya que actualizas valores de adquisición a efectos de la amortización).

Lo dicho, con los datos que da, me parece una chapuza de operación.
#13

Re: Inspeccion por ganancia patrimonial no declarada

A mí me parece que aquí hay dos hechos imponibles:

-> Al respecto de los transmitentes, la plusvalía no declarada por la diferencia entre el valor de transmisión y el valor de mercado (o el que establezca la LIRPF), que es el importe por el cual se les está regularizando.

-> Al respecto de los adquirientes también existe una donación, cuya regularización corresponde a la comunidad autónoma competente, y que aunque no esté siendo inspeccionada, al finalizar la inspección se comunique la problemática a la Administración Competente, por lo que quizás lo más conveniente sería declarar extemporáneamente estas donaciones.. . 

Totalmente de acuerdo con que si estabais asesorados y no se os advirtió el riesgo, os cobraron por hacer una buena chapuza.

#14

Re: Inspeccion por ganancia patrimonial no declarada

En este país con esta presión fiscal no se puede hacer negocios.
#15

Re: Inspeccion por ganancia patrimonial no declarada

" En este país con esta presión fiscal no se puede hacer negocios."

Discrepo.
El padre, y el socio del padre llevaban 30 años "haciendo negocios", y habían convertido una inversión inicial de 6.000 € en una sociedad valorada en 900.000 €.
Además, una vez finalizado su ciclo, ambos hijos, el del padre y el del socio del padre, parecieron sumamente interesados en seguir con la actividad.
O sea, la evidencia empírica indica que SÍ es perfectamente posible "hacer negocios", y además, que estos sean altamente rentables y de sumo interés su continuidad.
Eso sí, el asesoramiento fiscal (el buen asesoramiento) es imprescindible, pues a veces el umbral entre la viabilidad y la inviabilidad puede depender de una mala opción tributaria....







 

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