Si tienes una deuda fraccionada cualquier devolución que te corresponda, como esta deducción, va a disminuir la deuda, no a tu bolsillo. Conviene saber lo que se solicita antes de hacerlo:
Artículo 52.2 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio: "A tal efecto, se entenderá, en los supuestos de concesión de aplazamientos o fraccionamientos concedidos con dispensa total o parcial de garantías, que desde el momento de la resolución se formula la oportuna solicitud de compensación para que surta sus efectos en cuanto concurran créditos y débitos, aun cuando ello pueda suponer vencimientos anticipados de los plazos y sin perjuicio de los nuevos cálculos de intereses de demora que resulten procedentes."
Es decir: seguramente sí te han pagado la deducción anticipada, sólo que ha ido a reducir tu deuda.