Pues si tienes aprobada la pecef desde agosto y no has empezado a cobrarla,siendo decirte que la ley de dependencia incluye un párrafo que dice,que la prestacion tiene un plazo suspensivo de 2 años en el cual no se generan atrasos,aunque también te digo que hay comunidades autónomas que si pagan esos atrasos.
Hasta que no te metan en la nomina de pago,nada.ciertamente,además de darles la brasa con llamadas y demás,poco se puede hacer más que esperar.
Desgraciadamente es habitual,que después de ser aprobada la prestacion,se tardem meses en empezar a cobrar.
El no enviarte la notificación con la aprobación de la prestacion está echo claramente a propósito.
Llama a 012 y que te la envíen,porque desde agosto tiempo han tenido para hacerlo,además tienes derecho a tenerla.
Y tu marido al ser el cuidador no profesional,tiene derecho a suscribir un convenio especial con la seguridad social por el que le cotizan un número de horas concretas,dependiendo del grado de dependencia asignado,y para ello necesitas esa resolución.