Te indico lo que dice su página sobre este asunto” Hasta ahora, las solicitantes debían acreditar que residían en algún municipio de la región de manera ininterrumpida durante los cinco años anteriores a la fecha de presentación de la instancia. Este criterio se flexibiliza y bastará con que haya estado empadronada durante cinco años no consecutivos dentro de los últimos diez”.
Por lo que dices, entiendo que esto lo cumples y de todas las maneras tienes que recibir la resolución y esta, de ser negativa, te da opción de reclamación.