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Inexistencia de ganancia patrimonial en Plusvalía y en Renta. - Plusvalía municipal

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Inexistencia de ganancia patrimonial en Plusvalía y en Renta. - Plusvalía municipal
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Inexistencia de ganancia patrimonial en Plusvalía y en Renta. - Plusvalía municipal
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Inexistencia de ganancia patrimonial en Plusvalía y en Renta. - Plusvalía municipal

Hola
Heredé una vivienda que he vendido recientemente a pérdidas, ya que en la escritura de reparto de la herencia el valor es superior al de la escritura de venta. Por otra parte, en el impuesto de sucesiones (ya prescrito) por error marqué un valor inferior al de la escritura de herencia. El problema que tengo ahora es que temo que tanto al hacer la declaración de la renta el año que viene como al declarar el impuesto de plusvalía tomen el valor que puse en el impuesto de sucesiones en lugar del valor real que me costó heredar. Yo entiendo que está clara la inexistencia de ganancia patrimonial en las escrituras y creo que podré impugnar si el Ayto entiende lo contrario, pero me temo que hay aytos que solo quieren comparar la cifra del impuesto de sucesiones, como el de Alicante .

 El  Real Decreto-ley 26/2021 lo veo confuso. parece que dice una cosa y la contraria:
"No se producirá la sujeción al impuesto en las transmisiones de terrenos respecto de los cuales se constate la inexistencia de incremento de valor por
diferencia entre los valores de dichos terrenos en las fechas de transmisión y adquisición", " Para ello, el interesado en acreditar la inexistencia de incremento de valor deberá declarar la transmisión, así como aportar los títulos que documenten la transmisión y la adquisición ..."Si la adquisición o la transmisión hubiera sido a título lucrativo se aplicarán las reglas de los párrafos anteriores tomando, en su caso, por el primero de los dos valores a comparar señalados anteriormente, el declarado en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones"
Parece contradictorio porque por un lado habla de comparar títulos y por otra parte habla de comparar el valor del impuesto, en su caso, y  aplicando los párrafos anteriores...

Qué valor es el que vale para calcular la ganancia patrimonial, el título de herencia con el de venta o el impuesto con es de venta? Qué me recomiendan hacer? Hago una complementaria de sucesiones? Paso de declarar nada?
Gracias
#2

Re: Inexistencia de ganancia patrimonial en Plusvalía y en Renta. - Plusvalía municipal

Por si sirve de interés si la administración tomase el reciente valor de referencia catastral de la vivienda en lugar del valor del impuesto de sucesiones tampoco habría ganancia patrimonial de cara a la plusvalía municipal o a Renta, aunque en Renta no podría beneficiarme de una mayor minusvalía
#3

Re: Inexistencia de ganancia patrimonial en Plusvalía y en Renta. - Plusvalía municipal

Vas a tener lio, y no solo por eso.
Por un lado, es verdad que se toma el valor del impuesto de sucesiones, y ahí es donde primero van a mirar, pero por otro, si el impuesto estaba prescrito, tampoco ese valor es suficiente, puesto que probablemente no sea el real de fecha de fallecimiento, que es del que se trata.

Un saludo

#5

Re: Inexistencia de ganancia patrimonial en Plusvalía y en Renta. - Plusvalía municipal

 Entonces, que me recomiendas hacer? No se si ayuda, pero la vivienda se tasó unos dos años después del fallecimiento, obteniéndose el valor de la escritura, por lo que creo que podría defender que el valor real no es el del impuesto de sucesiones (que es absurdamente bajo), sino el tasado, aunque sea un par de años posterior a la fecha de fallcimiento. Pero no se si con la nueva redacción sobre plusvalía del  RDLey de 2021 y con el impuesto de la renta sigue cabiendo el alegar medios de prueba para estimar el valor de adquisición de la vivienda o por el contrario tiene que ser inexorablemente el impuesto de sucesiones .Otra opción que veo si me requieren es no aportar el impuesto de sucesiones y que tomen el valor que quieran a fecha de fallecimiento, pediría que tomen por ejemplo el valor de referencia catastral actual y si acaso lo retrotaigan dos años  atrás. O también puedo hacer una complementaria prescrita del impuesto de sucesiones poniendo el valor tasado. Lo que no quiero es tributar cuando he tenido pérdida real. Alguna sugerencia?  

#6

Re: Inexistencia de ganancia patrimonial en Plusvalía y en Renta. - Plusvalía municipal

El valor de la tasación esa lo puedes poner como de adquisición, por encima del declarado en el impuesto y el de escritura, claro que si no hace referencia a fecha de fallecimiento, puedes tener problemas. 

Un saludo

#7

Re: Inexistencia de ganancia patrimonial en Plusvalía y en Renta. - Plusvalía municipal

            Lo mejor para no tener complicaciones es utilizar siempre los datos correctos. 
 Si el dato que consignaste en la liquidación del Impuesto de Sucesiones fue erróneo, por más años que pasen no se convertirá en un dato correcto. No debes usar ese dato para otros impuestos, persistiendo en el error. Tu consignaste mal ese dato, pero la Administración tributaria autonómica, gestora del impuesto de sucesiones, tuvo a su disposición, o pudo tenerla, la escritura de aceptación de herencia para verificar la corrección de la liquidación que presentaste, contando además con un plazo de cuatro años para revisar tu liquidación. Por otra parte, no hay que olvidar que estamos hablando de un valor de bienes inmuebles que facilita la Comunidad Autónoma a efectos de la autoliquidación del Impuesto de Sucesiones.
  
Para la declaración de IRPF tendrás que utilizar, como valor de adquisición, lo que dice la norma, el valor (correcto, obviamente) a efectos del Impuesto de Sucesiones, el facilitado por la Comunidad Autónoma que, salvo otro error, será el que figure en la escritura de aceptación de herencia, más los gastos e impuestos (realmente) soportados. 
 
Para la liquidación de la plusvalía municipal, deberás aportar las escrituras de adjudicación de herencia (adquisición) y de compraventa (transmisión), para acreditar que el valor de transmisión fue inferior al de adquisición y que por tanto no hubo incremento de valor. Será indispensable que contactes con tu Ayuntamiento, para ver la documentación que requieren ante el nuevo estado de cosas de la plusvalía tras la sentencia del TC y la nueva regulación por Real Decreto-Ley 26/2021. 
#8

Re: Inexistencia de ganancia patrimonial en Plusvalía y en Renta. - Plusvalía municipal

Leopol, respecto al valor de tasación confío en que lo den por válido, porque el mercado no cambia tanto en un par de años desde el fallecimiento. SI tu me dices que el valor de tasación, escrituras y las otras pruebas jurídicas que te he comentado de darse por adecuadas prevalecen sobre el valor declarado en sucesiones (para el impuesto de plusvalía) y sobre el valor obtenido de aplicar las tablas de la comunidad autónoma de sucesiones (para el impuesto de la renta) entonces voy a aportar esa documentación.

Marian, el Ayuntamiento en su página web, al igual que en todos los que he mirado, el dato que requiere en la declaración de la plusvalía por la venta de una vivienda heredada es el valor que se declara en el impuesto de sucesiones (sin pedir copia del impreso pero dice que puede comprobarlo). Ningún Ayto entra a resolver que ocurriría en supuestos raros como cuando no haya impuesto de sucesiones. Sin embargo el Real Decreto Ley 26/2021 si parece hacerlo pues menciona que se tomará el valor del impuesto de sucesiones "en su caso" (por lo que entiendo que contempla la posibilidad de que no se haya presentado declaración). En ese caso creo que el Ayto debería de reconocer la inexistencia de ganancia, pues el RDL en el mismo párrafo donde se habla del valor sucesiones cita además "...se aplicarán las reglas de los párrafos anteriores..." y en uno de los párrafos anteriores se consagra la inexistancia de gananacia por diferencia entre títulos que documenten la operación. En definitiva, para el impuesto de plusvalía creo que puedo demostrar que no hay ganancia pero  igual me convendría esperar a ver como van aplicando la nueva Ley, leer los próximos posts de Rankia sobre el tema, y si me hacen la liquidación recurrirla, aunque pague 200 euros de sanción en todo caso.

Para el impuesto de la Renta no puedo poner el valor a efectos de sucesiones porque resultaría muy inferior al tasado y me generaría unas ganancias patrimoniales ficticias. Para este impuesto solo puedo declarar el valor tasado, que es el mismo que figura en escritura.


#10

Re: Inexistencia de ganancia patrimonial en Plusvalía y en Renta. - Plusvalía municipal

Buenos días, 
Tengo un caso similar. Cuando falleció mi madre, me dejó una vivienda y  puse en la declaración de sucesiones un valor de la vivienda según indica la comunidad autónoma, unos 200.000 euros . Después para llegar a un acuerdo con los herederos hubo una división de herencia con contador partidor y unas tasaciones por perito que marcaron  un valor de 350.000 euros para la vivienda y ese mismo importe figura lógicamente en el auto de reparto. El reparto se concluyó pasados cinco años desde el fallecimiento, entonces presenté declaración complementaria de sucesiones  corrigiendo y poniendo la cifra correcta de 350.000 euros a la vivienda. 

En el probable caso de que venda por  350.000 euros o menos, importes en los que no habría legalmente sujeción al impuesto de plusvalía, probaría al ayto que tendría perdidas, enviándole además de los títulos de adquisición y venta,  la declaración del impuesto de sucesiones complementaria,  pues es en ella y no en la inicial donde está el valor de la vivienda con el que se ha repartido la herencia . No obstante me surge la duda de si me podría decir el ayto que solo la inicial es válida y que tengo que hacer la declaración con 200.000 euros cuando tengo pruebas periciales de que vale 350.000, y todo un proceso marcando esos 350.000 en el reparto? 
Supongo que por lógica no debería surgir este problema, pero agradecería sus comentarios.

#11

Re: Inexistencia de ganancia patrimonial en Plusvalía y en Renta. - Plusvalía municipal

Buenas tardes:

Art. 20 de la Constitución Española, derecho a transmitir información cierta.

Si has cometido un error al presentar el ISD, ya prescrito, presenta otra declaración, que como está prescrito  es neutral, y se aplica el art. 20 de la Constitución Española. El respaldo es la escritura de herencia como bien has dicho para el art. 20 de la Constitución Española.

Así todo cuadra, de acuerdo con la Constitución Española.

Saludos.
#12

Re: Inexistencia de ganancia patrimonial en Plusvalía y en Renta. - Plusvalía municipal

Si no ha prescrito desde la notificación, también podría reclamarte la diferencia entre la plusvalía municipal a 200.000 y la plusvalía a 350.000. No se que será peor. 
#13

Re: Inexistencia de ganancia patrimonial en Plusvalía y en Renta. - Plusvalía municipal

Si te refieres al impuesto de sucesiones no hay problema en mi caso. Primero porque está prescrito y segundo porque aunque no lo estuviera no se alcanza ni con 200.000 ni con 350.000 el importe de herencia bonificado por la comunidad autónoma :) 
#14

Re: Inexistencia de ganancia patrimonial en Plusvalía y en Renta. - Plusvalía municipal

Me refiero exclusivamente en el comentario a la plusvalía municipal que liquidaste al recibir el inmueble que valoraste en 200.000 y por el que pagarias una plusvalía incorrecta ya que su valor final fue de 350.000. El reloj para la administración vuelve a ponerse en marcha cuando corriges la operación a un valor de 350.000 que es cuando tiene constancia de tu error. 
#15

Re: Inexistencia de ganancia patrimonial en Plusvalía y en Renta. - Plusvalía municipal

Gracias por la respuesta, creo que me estoy preocupando sin motivo y hice lo correcto. Mi temor viene  por el afán recaudatorio y la inseguridad jurídica que generan últimamente las administraciones. Buscan cualquier resquicio para quitarte lo tuyo. Creo que con la documentación del reparto,que encima no fue caprichoso sino que se basó en tasaciones, el ayuntamiento no tiene nada que hacer. No obstante necesitaba conocer vuestro parecer.