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IRPF. ¿Pérdida patrimonial en extinción de condominio de inmueble que procede de adjudicación de herencia?
Buenos días.
Cuatro hermanos (25% cada uno) se adjudican en 2019 una casa de sus padres (fallecidos en 2005 y 2017).
La valoran en la escritura de adjudicación de herencia en 150.000 euros.
Extinguen el proindiviso en 2021, valorando la casa en 130.000 euros.
El hermano que concentra el 100% del inmueble paga AJD con una base imponible (lógica) coincidente con la cuota que no le pertenecía.
Mi duda consiste en el tratamiento fiscal que tiene la operación en el IRPF de cada uno de ellos.
Muchas gracias y un saludo a todos.
Cuatro hermanos (25% cada uno) se adjudican en 2019 una casa de sus padres (fallecidos en 2005 y 2017).
La valoran en la escritura de adjudicación de herencia en 150.000 euros.
Extinguen el proindiviso en 2021, valorando la casa en 130.000 euros.
El hermano que concentra el 100% del inmueble paga AJD con una base imponible (lógica) coincidente con la cuota que no le pertenecía.
Mi duda consiste en el tratamiento fiscal que tiene la operación en el IRPF de cada uno de ellos.
Muchas gracias y un saludo a todos.