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Amortización inmueble alquilado y tope de amortización global
Hola, ya se ha hablado en alguna ocasión en el foro este tema pero es que no me termina de quedar claro ni de parecer lógico. Desde siempre se ha podido deducir una cantidad por la amortización anual de los locales alquilados, cantidad que se introducía directamente por en el programa, pero desde 2019 el programa de Hacienda te pide unos datos y con esos el propio programa te calcula la amortización pero, ¿Qué pasa si la amortización acumulada de otros años hace que te quede por amortizar una cantidad inferior? Es decir, amortizas cada año 300 € pero por la acumulada de otros años solo te quedan 200 € por amortizar para alcanzar el valor total del inmueble: antes podías meter a mano 200 en lugar de 300, pero ahora el programa te marca 300 € (con lo que te pasas) o debes borrar todos los datos que salen en el apartado para calcular la amortización y entonces te sale 0 € (con lo que no te deduces un gasto deducible). Parecería que Hacienda no lleva un control de la amortización acumulada...¿Cómo se debería actuar en el ejemplo que pongo?
Con el problema de que en caso de una futura venta de ese inmueble te exigiría Hacienda disminuir el valor de compra con la amortización de todos los años que haya estado alquilado, aunque pongas cero este año...
¿Qué opinais?
Con el problema de que en caso de una futura venta de ese inmueble te exigiría Hacienda disminuir el valor de compra con la amortización de todos los años que haya estado alquilado, aunque pongas cero este año...
¿Qué opinais?