Olvídate de "tramos de rendimientos", actualizaciones del dato cada 2 meses, y todo ese ruido de fondo que desde el gobierno y sus antenas mediáticas, están metiendo,
Limpia tus neuronas del ruido, y céntrate solo en los números y la legislación publicada.
Tú, como cualquier otro autónomo, tienes una determinadas previsiones (pretensiones) de rendimiento. Y luego, la realidad concederá (o no). Vamos, igual que hasta ahora.
La diferencia que surge del decreto de cotización de autónomos:
Hasta ahora, la elección de la base de cotización era una apuesta fija, y daba lo mismo lo que sucediese en tu realidad económica.
Eso llevaba a que ante la duda o incertidumbre, la apuesta mayoritaria fuesen cotizaciones por base mínima, y correlativamente prestaciones y pensiones ridículas, en general bastante alejadas de los rendimientos reales.
Ahora cambia, y la apuesta es variable y autocorregible.
Si apuestas a lo mínimo, y ganas más, te tocará pagar más (sin haber tenido derecho, en el mientras tanto, a posibles prestaciones por ILT mejores....)
Y si apuestas a lo máximo que puedas, y luego tu rendimiento es más modesto, te retornan el exceso (pero si hubieses tenido una ILT con prestación, todo eso que ganas).
Expongo un par de ejemplos:
Dos autónomos que entre una cosa y otra, previsiblemente se van a quedar entre 2.000 y 2.500 netos.
Uno, más "inercial", decide seguir como hasta ahora, cotizado por base mínima, 960,78 € (cuota de 294 €). Al año siguiente AEAT verifica sus rendimientos, cae justo en el llamado "tramo 6" (entre 2.030 y 2.330 €) y junto a la declaración del IRPF, le sale una bonita regularización por la diferencia del mínimo de su tramo (base de 1.045,75, cuota de 320 €).
En total, deberá pagar 26 € x 12 meses = 312 €
Su base de cotización a futuro se quedará en 1.045,75 (aunque realmente ganó por encima de los 2.000 €).
En otro, más "aventurero", decide optar por la cotización máxima (optimista él), que está en 4.139,40 (cuota de 1.267 €).
Al año siguiente la AEAT verifica sus rendimientos, y resulta que también se quedó en el llamado "tramo 6", y junto a la declaración le sale una bonita regularización por la diferencia del máximo en su tramo (base de 2.330, cuota de 713 €).
En total, le abonarán 554 € x 12 meses = 6.648 €
Su base de cotización a futuro se quedará en 2.330 (que +/- coincide con su rendimiento real neto).
Podemos incorporar que sucede si durante 2 meses, ambos dos trabajadores caen en una ILT (una fractura y un gripallón del carallo....). 2 bajas ILT, de 40 y 20 días.
El autónomo "inercial" tendrá unas prestaciones de ILT de aprox.
Baja 40 días: (3 días x 0 x 32 €) + (17 días x 60 % x 32 €) + (20 días x 75 % x 32 €) = 806 €
Baja 20 días: (3 días x 0 x 32 €) + (17 días x 60 % x 32 €) = 326 €
De "propina", esos 2 meses su base de cotización se quedará congelada para la jubilación en los 960 € de base de cotización (aunque se ahorraría los 56 € de regularización).
El autónomo "aventurero" tendrá unas prestaciones de ILT de aprox.
Baja 40 días: (3 días x 0 x 138 €) + (17 días x 60 % x 138 €) + (20 días x 75 % x 138 €) = 3.478 €
Baja 20 días: (3 días x 0 x 138 €) + (17 días x 60 % x 138 €) = 1.407 €
De "propina", esos 2 meses su base de cotización se quedará congelada para la jubilación en los 4.139 € de base de cotización (aunque perdería 1.108 € de regularización)
El autónomo inercial, que gana habitualmente alrededor de 2.000 € mensuales, tiene que sobrevivir esos 2 meses de baja con solo poco más de 1.100 €.
El autónomo aventurero, que gana habitualmente alrededor de 2.000 € mensuales, tiene unas prestaciones ILT durante las bajas de más de 4.880 € (que compensan sobradamente la pérdida de ingresos regulares por su actividad).