Lo que te dijo el que te hizo la rectificación coincide con lo que te ha dicho hoy la que te ha atendido: la rectificación sale a 0, no modifica el resultado de la declaración primera. Y es esa declaración primera la que tiene un resultado a devolver de 833 euros.
Si yo hubiera sido tú y me dicen eso, le habría pedido al chico que no me presentara la rectificación, porque lo que pasa si hay más de una renta presentada, es que se para la tramitación de todas ellas hasta que un funcionario, físicamente, las revise y vea cuál es válida, cuál no y qué se ha modificado.
Si ya te han devuelto la renta primera, la de los 833 euros, pues olvídate de la rectificación, porque no te van a dar nada más; si aún estás esperando por esa primera renta, pues ya sabes que "hasta el 31 están en plazo" y, después, pueden seguir pagando, pero tendrán que incluir intereses.
Es que a veces creemos que, la rectificación, anula la primera renta, pero no es así: la primera sigue siendo válida y, la rectificación, es como un "anexo"; si, al rectificar, te hubiera salido una cantidad mayor a devolver, te hubieran hecho 2 pagos: uno, el derivado de la primera renta y, otro, la diferencia de eso con lo que sale en la rectificación.
Seguramente a ri la rectificación te sale a 0 porque, incluso sin incluir la deducción de alquiler, ya te devolvían la totalidad de las retenciones.